

El Código Civil y Comercial (CCyC) es claro en el proceso sucesorio si hay conflictos entre los herededos. Pero también es dinámico y rápido en los casos en los que todos los herederos están de acuerdo.
Hoy existe una opción para que las familias puedan heredar bienes sin pisar un juzgado ni presentarse ante un juez: el trámite extrajudicial ante escribano público, también conocido como sucesión notarial. Solo se necesita cumplir con ciertos requisitos.
Qué es la sucesión exprés y cómo funciona
La sucesión extrajudicial es un procedimiento que permite tramitar la herencia directamente ante un escribano público, sin intervención de un juez.
El escribano asume las funciones que antes eran exclusivas del Poder Judicial:
- Publica los edictos.
- Consulta el Registro de Testamentos.
- Verifica los vínculos familiares.
- Emite el Acta de Notoriedad de Declaratoria de Herederos.

En jurisdicciones como el conurbano bonaerense o La Plata, donde los juzgados civiles suelen estar colapsados, este cambio es sustancial, ya que un trámite que podría llevar años, se resuelve en meses.
Sin embargo, hay una condición indispensable:
- El trámite ante escribano es optativo y solo puede llevarse adelante cuando no existe ningún conflicto entre los herederos: si en algún momento del proceso surge una controversia, el escribano debe suspender su actuación y remitir el expediente al juez competente en un plazo máximo de diez días hábiles.
Quiénes pueden usar este trámite y qué requisitos hay que cumplir
Para acceder a la sucesión notarial, se debe reunir las siguientes condiciones:
- Todos los herederos deben ser mayores de edad y tener plena capacidad legal.
- Debe haber acuerdo total entre las partes, sin controversias documentadas.
- Se requiere patrocinio letrado obligatorio, es decir, un abogado que acompañe el proceso.
- El heredero puede elegir libremente al escribano o recurrir al Colegio Notarial de la demarcación correspondiente.

En este contexto, es importante remarcar que el trámite ante escribano no elimina los honorarios: además de los del abogado, se deben abonar los aranceles notariales correspondientes, que varían según la jurisdicción y el valor de los bienes involucrados.
Si la herencia involucra a descendientes, ascendientes o cónyuge, el heredero adquiere su calidad de tal desde el día del fallecimiento, sin necesidad de ninguna formalidad.
Sin embargo, para poder transferir bienes registrables como inmuebles, autos o embarcaciones, igualmente se necesita que esa condición sea reconocida, ya sea mediante declaratoria judicial o mediante el Acta de Notoriedad notarial.
El objetivo de la reforma es descomprimir los tribunales y darle a las familias una herramienta más ágil para resolver el proceso sucesorio.













