Los conductores que circulen por la vía pública deben cumplir con las condiciones de seguridad establecidas por la Ley Nacional de Tránsito 24.449.
Entre las infracciones que pueden costar puntos de la licencia se encuentra el traslado de cargas o elementos que impidan una correcta visibilidad, oculten las luces del vehículo o sobresalgan de los límites permitidos.
Según el texto oficial, esta conducta puede derivar en una quita de cinco puntos del registro de conducir y en una multa económica.
Qué dice la Ley 24.449 sobre los objetos que impiden la visibilidad del auto
El artículo 48, inciso q), de la Ley Nacional de Tránsito establece que está prohibido transportar cualquier carga o elemento que afecte la visibilidad, impacte peligrosamente en las condiciones aerodinámicas del vehículo, oculte luces o indicadores o sobresalga de los límites permitidos.
ARTÍCULO 84.- Reglamentación del artículo 48, inciso q) de la Ley N° 24.449.- “Por transportar cualquier carga o elemento que perturbe la visibilidad, afecte peligrosamente las condiciones aerodinámicas del vehículo, oculte luces o indicadores o sobresalga de los límites permitidos, será sancionado con multa desde 150 U.F. hasta 500 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CINCO (5) puntos”.
La disposición busca evitar situaciones que puedan poner en riesgo al conductor, a los pasajeros y al resto de los usuarios de la vía pública. Por eso, no solo importa que la carga esté correctamente sujeta: también debe respetar las condiciones de seguridad exigidas para circular.
El alcance de la prohibición comprende distintas situaciones, como transportar objetos voluminosos que obstaculicen el campo visual, llevar elementos que tapen las luces traseras o delanteras, o trasladar una carga que sobresalga más allá de los límites permitidos.
De cuánto es la multa por conducir con objetos que tapan la visibilidad
El artículo 84 del Anexo 2 del Decreto 779/1995 establece una sanción económica de 150 a 500 unidades fijas (UF) para quienes transporten cargas o elementos que incumplan las condiciones previstas en el artículo 48, inciso q).
Además de la multa, la reglamentación dispone el descuento de cinco puntos de la Licencia Nacional de Conducir.
El monto en pesos no es exacto, ya que el valor de la unidad fija y su aplicación deben verificarse según la normativa y la jurisdicción. Por eso, para conocer el importe concreto de una infracción, hay que consultar ante las autoridades de tránsito.
Qué objetos pueden generar una infracción de tránsito
La normativa define las condiciones que debe cumplir la carga para que el vehículo pueda circular de manera segura.
Por ese motivo, la infracción puede configurarse cuando se transportan elementos que:
- Obstruyen la visibilidad: impiden que el conductor tenga un campo visual adecuado para manejar.
- Tapan las luces o los indicadores: dificultan que otros usuarios identifiquen las maniobras del vehículo o adviertan su presencia.
- Sobresalen de los límites permitidos: exceden las dimensiones autorizadas para el transporte.
- Comprometen la aerodinámica: afectan peligrosamente el comportamiento del vehículo durante la circulación.