La Ley Nacional de Tránsito 24.449 establece una serie de requisitos que los vehículos deben cumplir para poder circular legalmente por las calles y rutas del país. Estas exigencias no tienen que ver solo con el estado mecánico del automóvil, sino que también alcanzan distintos elementos de seguridad, iluminación, identificación y equipamiento obligatorio.
Por este motivo, un auto nuevo puede encontrarse en perfectas condiciones de funcionamiento y, aun así, no cumplir con las condiciones exigidas por la normativa y obtener una VTV rechazada.
Ley 24.449: qué condiciones deben cumplir los autos nuevos para aprobar la VTV
El artículo 29 de la Ley 24.449 establece las condiciones mínimas de seguridad que deben reunir los vehículos. Entre ellas se encuentran los sistemas de frenado, dirección, suspensión y rodamiento, además de determinadas características de construcción destinadas a proteger a los ocupantes.
A su vez, el artículo 30 establece distintos dispositivos mínimos de seguridad para los automotores, como cinturones de seguridad y apoyacabezas, paragolpes, sistema de limpieza y desempañado del parabrisas, espejos retrovisores, bocina, vidrios de seguridad y mecanismos destinados a impedir la apertura inesperada de puertas, baúl y capó.
Por lo tanto, el hecho de que un vehículo sea nuevo no lo exime de cumplir con los requisitos de seguridad establecidos por la Ley Nacional de Tránsito.
El equipamiento obligatorio que puede dejar al auto fuera de circulación
La normativa también contempla requisitos vinculados con la iluminación. El artículo 31 establece qué sistemas deben incorporar los automotores, entre ellos faros delanteros, luces de posición, luces de giro, luces de freno, iluminación de la patente, luz de retroceso y balizas de emergencia.
Además, el artículo 33 exige que los automotores cumplan con determinados límites de emisión de contaminantes, ruidos y radiaciones, y establece la obligación de contar con dispositivos de seguridad antirrobo e identificación correspondiente.
De esta manera, un vehículo que no reúna las condiciones y elementos exigidos por la normativa puede tener inconvenientes para ser habilitado o circular, aunque no presente una falla mecánica evidente.
Qué dice la Ley 24.449 sobre la seguridad de los vehículos
El artículo 28 de la Ley 24.449 establece que todo vehículo fabricado en el país o importado debe cumplir con las condiciones de seguridad activa y pasiva, emisión de contaminantes y demás requisitos previstos por la normativa antes de ser librado al tránsito público. Además, fabricantes e importadores deben certificar que cada modelo cumple con esas exigencias.
En el caso de los vehículos 0 km de producción seriada, la reglamentación establece actualmente la necesidad de contar con la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y la Licencia de Configuración Ambiental (LCA), que acreditan el cumplimiento de los requisitos de seguridad y ambientales correspondientes.
Por eso, aprobar la Verificación Técnica Vehicular (VTV) no depende únicamente de que el motor, los frenos o la suspensión funcionen correctamente: también deben respetarse las condiciones de seguridad y equipamiento previstas por la Ley Nacional de Tránsito.