

Pese a que el protocolo de integración gasífera, ratificado por Chile y la Argentina en 1995, fija un mecanismo de solución de controversias en caso de incumplimiento de las disposiciones que regulan la comercialización de gas natural, el gobierno chileno no ha puesto en marcha este procedimiento.
Esta actitud es poco entendida en algunos círculos empresariales y parlamentarios, que consideran que las restricciones de gas natural hacia Chile son una muestra clara de las transgresiones al protocolo signado entre ambas naciones y que es responsabilidad del Gobierno hacer cumplirlo. Es más, la mayoría de las compañías eléctricas y distribuidoras de gas natural están a la espera de acciones más decididas por parte de la autoridad.
Un reflejo de esto es que la generadora Endesa comunicó a sus clientes que en su opinión el protocolo señala que las empresas no pueden iniciar un procedimiento de solución de controversias contra la autoridad argentina, por tratarse de una responsabilidad del gobierno chileno. Una fuente del Ejecutivo chileno explicó que aún no se recurrió a este mecanismo porque se optó por solucionar el conflicto a través de la vía diplomática, tarea que está a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y en la cual, esperan avanzar cuando el canciller argentino, Rafael Bielsa, viaje a Chile la próxima semana. Pero sin desmedro de lo anterior, puntualizó que esta determinación “no inhibe el hecho de que en algún momento se recurra al mecanismo planteado en el protocolo. “No está la ausencia de ejecutarlo, pero hay que hacer un diagnóstico fino para ver si se recurre a esta vía. No se saca nada con recurrir a un mecanismo de solución de controversias mientras nos están cortando el gas en el norte. Este recorte es un tema físico que no se soluciona con un arbitro , explicó.
Protocolo
En fuentes ligadas a la Cancillería señalan que el procedimiento de resolución de conflictos establecido en el acuerdo bilateral es legalmente suficiente para resolver el problema del gas con la Argentina, pero aún no se habría apelado al procedimiento arbitral sólo por consideraciones políticas. No obstante el camino elegido por la autoridad, el protocolo establece medidas claras y acotadas para dar una salida rápida al conflicto, al menos obliga a la autoridad argentina a pronunciarse oficialmente sobre este tema. Ello, por cuanto estas disposiciones abren la posibilidad de una negociación directa entre ambos Estados por un lapso de 15 días, período prorrogable por una vez. Adicionalmente, el documento sostiene que en caso de no prosperar esta negociación se deriva a un procedimiento arbitral, amparado por el Acuerdo de Complementación Económica 16 entre la Argentina y Chile.
Al respecto, el presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, Sergio Romero, dijo que “de no mediar una posición abiertamente clara y definida de la autoridad argentina, en el sentido de dar una solución al tema, tenemos que impulsar los mecanismos de solución de controversias que están establecidos en esos protocolos .











