

Acelerar o no acelerar: ésta parece ser la cuestión. Con las principales calificadoras de riesgo declarando en default al país, una cláusula de cross-default o aceleración que tienen los bonos argentinos podría abrir la puerta a nuevos reclamos. Según la legislación de los bonos argentinos, cuando se produce un evento de default en algún título público, un grupo de tenedores de bonos con el 10% de la emisión puede pedir una asamblea en el agente de pago, por caso, en el Bank of New York (BONY).
Allí puede dejar constancia de su pedido y, en caso que las gestiones con esa entidad le permitan acumular en la asamblea hasta el 25% del total de la emisión del título, vía el BONY puede exigirle al emisor (Argentina) el pago inmediato de todo el bono.
Esta cláusula implica que, una vez en cesación de pagos una emisión que supere los u$s 30 millones, los bonistas de otros títulos que aún no vencieron podrían pedir que se salde toda la deuda inmediatamente.
Es decir que podrían exigir que todos los pagos por capital e intereses programados desde ahora y hasta la fecha de vencimiento del bono (años 2033 para los Discount y 2038 para los Par) se realicen inmediatamente.
Esto es lo que podría abultar aún más la cifra de los pagos exigibles inmediatamente a la Argentina.
Por otro lado, conviene tener en cuenta que la aceleración puede desactivarse en 60 días. Es el nuevo plazo que tendría el país para regularizar los pagos con los bonistas que sí entraron oportunamente al canje.













