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Cuando fallece el titular de una vivienda, ¿quién debe pagar los impuestos que le quedaron?

Cuando el propietario de una vivienda fallece, el pago del impuesto del IBI suele ser una de las preocupaciones más comunes. ¿Qué sucede?

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Cuando el titular de una vivienda fallece, surgen muchos interrogantes respecto a qué sucede con los inmuebles y prestaciones que le pertenecían al propietario en vida. 

En este aspecto, una de las inquietudes más habituales es la de a quién le corresponde pagar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): ¿quién queda a cargo de este tributo? ¿Los herederos? ¿el banco? ¿qué pasa si no se abona?

Aceptar una herencia conlleva realizar una gran cantidad de trámites legales en un momento de dificultad, justo después de haber sufrido la pérdida de un ser querido. No obstante, es crucial llevar a cabo una gestión adecuada de todos estos procedimientos para así, prevenir posibles sanciones en el futuro, como podría ocurrir con el impuesto de IBI.

Cuando el propietario de una vivienda fallece, el pago del impuesto del IBI suele ser una de las preocupaciones más comunes. (Imagen: Pixabay)

En caso de no pagar el impuesto de vivienda, el Ayuntamiento iniciará gestiones de cobro con recargos adicionales por la demora en el pago. Adicionalmente, si el abono del IBI se retrasa significativamente, existe la posibilidad de que se proceda al embargo de la propiedad heredada por la persona receptora.

Quién debe hacerse cargo del IBI de una vivienda si el titular ha fallecido

Si el titular de una propiedad ha fallecido, la obligación del pago del IBI recaerá en los herederos una vez se haya aceptado la herencia, según se especifica en el Artículo 39 de la Ley 58/2023 de 17 de diciembre. Allí se detalla lo siguiente:

"A la muerte de los obligados tributarios, las obligaciones tributarias pendientes se transmitirán a los herederos, sin perjuicio de lo que establece la legislación civil en cuanto a la adquisición de la herencia"

¿Qué sucede si no hay herederos de la vivienda?

En esta situación, la responsabilidad del abono del IBI recaerá sobre la entidad o individuo que tenga posesión del inmueble. Si la entidad en cuestión fuera un banco, por ejemplo, estaría obligada a asumir el pago anual del impuesto de bienes inmuebles.

En caso de no pagar el impuesto de vivienda, el Ayuntamiento iniciará gestiones de cobro con recargos adicionales por la demora en el pago. (Imagen: Shutterstock)

Sin embargo, si hay un heredero de la propiedad, la situación cambia, ya que será esta persona la que deberá responsabilizarse del pago del IBI. Si son varios herederos, que es lo más común, se deberá llegar a un consenso para determinar quién se encargará de abonar dicho impuesto

La decisión estará influenciada por las disposiciones testamentarias o las regulaciones legales pertinentes.

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Otro paso crucial es la modificación de la titularidad del IBI. A pesar de aceptar la herencia o transferir la propiedad de la vivienda, esto no implica automáticamente un cambio en la titularidad del impuesto de bienes inmuebles. Este procedimiento es esencial y corresponderá a la persona que ha adquirido la vivienda del fallecido.

Para cambiar la titularidad del IBI, deberás acercarte al Ayuntamiento de tu localidad y dar inicio a este trámite. Será necesario presentar la documentación requerida para garantizar la efectiva modificación de la titularidad del IBI.

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