Murió la Ley de Alquileres | La Policía desaloja a los propietarios para devolver su vivienda a los okupas
Nuevo precedente legal para la okupación de viviendas preocupa a los propietarios.
Alquilar una vivienda dejo de ser un trámite sencillo hace ya mucho en España, cada vez son más frecuentes las prácticas que dejan a los inquilinos en una posición de vulnerabilidad legal. Sin embargo, también se ha vuelto poco redituable para los propietarios quienes se encuentran desprotegidos de los inquiokupas.
Esta situación ha comenzado a alarmar a los expertos en derecho inmobiliario, ya que la creciente desprotección a los arrendatarios termina en cláusulas abusivas que afectan a los derechos del inquilino.
La okupación se ha consolidado como uno de los mayores problemas relacionados con la vivienda en España. Los procesos judiciales actuales, que pueden tardar entre cuatro y nueve meses, suponen un desafío tanto para los propietarios como para las autoridades.
En este contexto, el pasado viernes se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley de Eficiencia del Servicio de la Justicia, que busca agilizar estos trámites. Si esta normativa entra en vigor el próximo 3 de abril, los casos de allanamiento y usurpación de morada podrían resolverse en solo 15 días mediante juicios rápidos.
¿Qué implica la nueva ley anti-okupas?
La Ley de Eficiencia del Servicio de la Justicia pretende incluir los delitos de allanamiento y usurpación en el procedimiento de juicios rápidos para reducir los tiempos de espera de los propietarios. Esta medida busca equilibrar los derechos de las partes y proporcionar una solución más eficiente.
Sin embargo, la aplicación de esta ley está en suspenso, ya que podría ser derogada si el Gobierno aprueba una ley orgánica antes de su entrada en vigor. Mientras el debate sigue abierto, los casos de okupación continúan sucediéndose, generando indignación y desesperación entre los afectados.
Un nuevo precedente para la okupación: la Policía desaloja a los propietarios para devolver su vivienda a los okupas
Un reciente incidente en Girona pone en evidencia la problemática de los procesos actuales. Jordi Riera, propietario de una vivienda okupada, relató cómo fue obligado a abandonar su propiedad tras la intervención de la Policía.
El propietario relato: "Se presentó un hombre bien vestido que exigió entrar. Nos negamos. Volvió al poco rato con dos hombres más. Empezaron a amenazarnos. Decidimos llamar a la Policía. Municipal de Girona para pedir ayuda".
"La policía identificó a los tres individuos: llevaban teléfonos de alta gama, y dos se identificaron con pasaportes marroquíes (sin NIE). Un tercero tenía NIE y trabajaba. Uno de ellos tenía una causa penal pendiente". Sin embargo, la Policía les recomendó abandonar el piso porque había "evidencias de que era la residencia de los intrusos", según cuenta Jordi.
Los okupas mostraron "un vídeo grabado por ellos durmiendo entre mantas y cocinando en una casa sin gas, agua ni luz". Los propietarios se negaron a salir, pero los agentes advirtieron que de no retirarse podían ser acusados de violación de domicilio.
A pesar de presentar pruebas claras de intrusión, las autoridades priorizaron los testimonios de los okupas. Este caso ha generado un amplio debate en redes sociales, donde se cuestiona la eficacia de las leyes actuales y la protección de los derechos de los propietarios.
Diferencias entre allanamiento y usurpación de vivienda
Allanamiento de morada
Este delito, tipificado en el artículo 202 del Código Penal, afecta directamente a la primera o segunda vivienda del propietario. Se considera un ataque a la intimidad y seguridad de los residentes. Si se detecta en las primeras 48 horas, la Policía puede intervenir y desalojar a los okupas sin necesidad de juicio.
Usurpación de vivienda
Por otro lado, el artículo 245 del Código Penal recoge el delito de usurpación, que se aplica a inmuebles que no son moradas habituales. En estos casos, el proceso legal es más lento, ya que no se percibe como un ataque directo a la intimidad del propietario.