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La Agencia Tributaria ha confirmado que las multas por no presentar correctamente la declaración de la Renta pueden alcanzar cifras récord de hasta 30.000 euros. La campaña correspondiente al ejercicio 2024 comenzó el 2 de abril de 2025 y finaliza el 30 de junio. Cualquier error, omisión o presentación fuera de plazo puede derivar en sanciones económicas significativas.

La normativa fiscal española no reconoce un derecho al error para los contribuyentes. Esto significa que incluso los fallos involuntarios pueden acarrear multas. Las sanciones varían según la gravedad de la infracción y el perjuicio económico causado a la Administración. Hacienda tiene capacidad legal para imponer penalizaciones que van desde los 100 euros hasta los 30.000 euros en casos muy graves.

Hacienda aplicará multas de hasta 30.000 euros por infracciones en la Renta

La Ley General Tributaria faculta a la Agencia Tributaria para sancionar cualquier inexactitud en la declaración del IRPF. Los errores más habituales incluyen la omisión de ingresos, deducciones aplicadas incorrectamente o la validación de borradores con datos erróneos. Estas infracciones pueden ser objeto de multa incluso sin intención de defraudar.

Las sanciones más severas se aplican cuando existe un Número de Identificación Fiscal incorrecto o ausente. En casos leves, la multa es de 150 euros. Sin embargo, si la infracción se considera grave o muy grave, las penalizaciones pueden oscilar entre 1000 y 30.000 euros. La gravedad se determina según el daño causado a las arcas públicas y la existencia de intencionalidad.

Multa récord por no presentar este documento básico: Hacienda española confirma desde cuándo se aplicará. Fuente: Shutterstock.
Multa récord por no presentar este documento básico: Hacienda española confirma desde cuándo se aplicará. Fuente: Shutterstock.

¿Qué ocurre si no presento la declaración en el plazo establecido?

Si un contribuyente no presenta su declaración de la Renta antes del 30 de junio y el resultado es a pagar, deberá abonar el importe correspondiente más una sanción que puede oscilar entre el 50% y el 150% del total adeudado. Esta multa depende de si Hacienda detecta la omisión o si el ciudadano la presenta voluntariamente fuera de plazo.

Cuando la presentación se realiza tarde pero sin requerimiento previo de la Administración, se aplica un recargo del 1% por cada mes completo de retraso hasta los 12 meses. Si el retraso supera el año, el recargo se fija en el 15% más intereses de demora. Si el resultado es a devolver y se presenta fuera de plazo voluntariamente, la sanción es de 100 euros. Pero si es Hacienda quien lo detecta, la multa asciende a 200 euros.

Los errores más graves pueden suponer sanciones del 150% del importe defraudado

El uso de documentación falsa para obtener un resultado favorable constituye una de las infracciones más graves. Cuando el importe supera los 3000 euros mediante facturas o justificantes falsificados, la sanción oscila entre el 50% y el 100% de la cantidad. Si se emplean métodos fraudulentos, la multa puede alcanzar hasta el 150% del perjuicio causado.

Los fraudes de gran magnitud económica pueden acarrear multas fijas de 30.000 euros que, en situaciones extremadamente graves, podrían elevarse hasta los 300.000 euros. Además, los infractores pueden verse privados de acceso a ayudas públicas y subvenciones. Cuando el importe defraudado supera los 120.000 euros, la infracción puede convertirse en delito fiscal con penas de prisión de uno a cinco años.