

El Banco de España (BdE) ha recordado que las entidades financieras pueden llegar a bloquear o restringir la operativa de una cuenta bancaria cuando el cliente no cumple con determinados requisitos de identificación y control, en el marco de la normativa vigente contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Esta posibilidad no implica cierres automáticos ni decisiones arbitrarias, sino que forma parte de los mecanismos de control que los bancos están obligados a aplicar para garantizar la seguridad del sistema financiero y prevenir usos fraudulentos.
Según explica el propio Banco de España en su sitio web, “para bloquear una cuenta, el banco deberá tener una causa justificada y, con carácter general, avisar previamente al titular para evitar los posibles perjuicios derivados de la devolución de ingresos, disposiciones o recibos”.

Qué documentación pueden exigir los bancos
La normativa de prevención del blanqueo de capitales obliga a las entidades financieras a verificar la identidad de sus clientes y a conocer el origen de los fondos que se canalizan a través de las cuentas bancarias. Por este motivo, los bancos pueden solicitar documentación actualizada, como datos personales, información profesional o justificantes del origen de los ingresos.
Si el cliente no facilita esta información o se niega a hacerlo, la entidad puede restringir total o parcialmente la operativa de la cuenta, como medida de cumplimiento normativo. En estos casos, lo habitual es que el banco limite determinadas operaciones hasta que la situación se regularice.
Otros supuestos en los que puede bloquearse una cuenta
Además de los controles vinculados a la normativa antiblanqueo, los bancos también pueden bloquear de forma cautelar una cuenta cuando existen discrepancias entre cotitulares. Esto ocurre, por ejemplo, cuando los titulares —o sus herederos— emiten instrucciones contradictorias sobre el uso de los fondos.
En estas situaciones, la restricción busca evitar conflictos legales y proteger los derechos de todas las partes, y suele mantenerse hasta que se alcanza un acuerdo entre los cotitulares o se produce una resolución judicial.

¿Se puede recuperar el acceso a la cuenta?
En la mayoría de los casos, el bloqueo de una cuenta es reversible. Cuando la restricción se debe a la falta de documentación, basta con presentar la información requerida para que el banco restablezca la operativa con normalidad.
Si el bloqueo responde a un conflicto entre cotitulares, el desbloqueo dependerá de que las partes implicadas lleguen a un acuerdo o de que exista una decisión judicial que determine cómo debe gestionarse la cuenta.
El Banco de España recuerda que estas actuaciones no constituyen una sanción, sino medidas reguladas que forman parte de las obligaciones legales de las entidades financieras. Para evitar inconvenientes, recomienda a los clientes mantener actualizados sus datos y atender las solicitudes de información de su banco, garantizando así el normal funcionamiento de sus cuentas.













