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En España, es común compartir una cuenta bancaria conjunta con un familiar. Ambos titulares tienen la capacidad de realizar ingresos o retiros de dinero de manera habitual. No obstante, la situación se transforma de manera inmediata tras el fallecimiento de uno de los titulares.
El Banco de España ha emitido una advertencia crucial para millones de clientes que poseen cuentas conjuntas. Este aviso tiene implicaciones significativas en el acceso a los fondos tras el deceso de uno de los titulares. La medida puede bloquear ahorros y pagos regulares.
La advertencia del supervisor financiero tiene como objetivo prevenir conflictos legales. Además, apunta a proteger los derechos de los herederos. El efecto es inmediato sobre la operativa cotidiana de la cuenta.
¿Qué pasa con una cuenta conjunta si muere un titular?
Cuando un titular fallece, el saldo queda parcialmente paralizado. La operativa queda sujeta a la herencia.
El Banco de España aclara que, en caso de fallecimiento de un titular, “los demás no podrán disponer del dinero que hay en ella, salvo que tengan el consentimiento expreso de todos los herederos del titular fallecido”. Esta limitación es inmediata.
Sin acuerdo con los herederos, el cotitular no podrá retirar efectivo. Sus ahorros quedarán comprometidos hasta resolver la situación legal. La cuenta conjunta deja de ser operativa como antes.

Comparativa entre cuenta conjunta y cuenta indistinta
No todas las cuentas con varios titulares funcionan igual. El Banco de España distingue entre cuenta conjunta y cuenta indistinta. Esta diferencia es clave tras un fallecimiento.
En cambio, la cuenta conjunta exige consentimiento de ambas partes para operar. Tras la muerte de un titular, el control pasa a los herederos. Por eso el bloqueo es más estricto.
En una cuenta indistinta, “se podrá seguir disponiendo del dinero después del fallecimiento de uno de los titulares”. Cada titular mantiene capacidad de actuación individual. El riesgo legal es mayor.
Gastos admisibles y recomendaciones del banco
El Banco de España recomienda comunicar el fallecimiento a la entidad bancaria lo antes posible. Este paso evita conflictos legales y bloqueos innecesarios. También protege al cotitular superviviente.
Además, conviene aclarar qué parte del dinero corresponde al fallecido. Esta gestión facilita la herencia y evita problemas futuros. El aviso del BdE busca anticiparse a estas situaciones.

Aunque el dinero quede bloqueado, existen excepciones limitadas. Solo podrán cargarse recibos de suministros ya ordenados. Esto ocurre siempre que no exista oposición formal de los herederos.











