

Acceder a una pensión contributiva suficiente en España depende, en gran medida, de los años cotizados a lo largo de la vida laboral. Sin embargo, hay miles de trabajadores que comenzaron su trayectoria profesional encadenando prácticas formativas que nunca generaron cotización, porque durante muchos años no era obligatorio que fueran remuneradas ni cotizadas.
Esos periodos, que formaron parte real de su vida laboral, quedaron fuera del cómputo y ahora pasan factura a la hora de acceder a las prestaciones del sistema.
Esa situación ha cambiado. La Seguridad Social ha abierto la puerta a recuperar parte de esos periodos y sumarlos como años cotizados, a través de un mecanismo que lleva en vigor desde mediados de 2024 y que tiene plazo hasta el 31 de diciembre de 2028.

Qué es el convenio especial y quiénes pueden acogerse a él
El sistema se articula a través de un convenio especial que los trabajadores afectados deben suscribir con la Seguridad Social. A través de este mecanismo, es posible sumar hasta cinco años, es decir, 1.825 días, al historial de cotización, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la norma y se abonen las cotizaciones correspondientes.
La medida está dirigida a personas cuyas prácticas no generaron cotización antes de 2024, o antes de noviembre de 2011 en determinados supuestos.
Entre los casos que pueden acogerse figuran las antiguas prácticas universitarias para la obtención de títulos oficiales, las prácticas de formación profesional no laborales, las enseñanzas artísticas y los programas de investigación. En general, cubre cualquier periodo de prácticas formativas que no haya computado en el historial de cotización del trabajador.

Cuánto cuesta recuperar años de cotización y cómo se paga
Los años no se incorporan de forma automática. Para poder rescatarlos, es necesario abonar las cotizaciones correspondientes al periodo que se quiere recuperar. El importe varía según cada caso, aunque las estimaciones sitúan el coste entre 2.000 y 6.000 euros para recuperar uno o dos años. Rescatar el máximo de cinco años puede superar los 10.000 euros.
El pago puede realizarse de una sola vez o fraccionarse en mensualidades durante varios años, lo que facilita que el trabajador planifique el desembolso sin tener que asumir el coste completo de golpe.
El plazo para acogerse a esta opción es hasta el 31 de diciembre de 2028, lo que convierte los próximos años en un periodo clave para quienes quieran mejorar su futura pensión.
Por qué la integración de lagunas también puede mejorar la pensión
Más allá del convenio especial para recuperar prácticas, la Seguridad Social cuenta con otro mecanismo que protege la cuantía de la pensión de quienes han tenido periodos sin cotizar a lo largo de su vida laboral: la integración de lagunas de cotización, regulada en el artículo 209.1.b de la Ley General de la Seguridad Social.
Este sistema permite rellenar los meses sin cotización durante el periodo de cálculo de la pensión, que abarca los últimos 25 años (300 meses). Su objetivo no es sumar años para alcanzar el mínimo necesario para jubilarse, sino proteger la base reguladora de la pensión y evitar que los vacíos de cotización reduzcan el importe final.
El funcionamiento es el siguiente: las primeras 48 mensualidades sin obligación de cotizar se completan con el 100% de la base mínima de cotización vigente en ese momento. A partir del mes 49, los periodos adicionales sin cotizar se rellenan con el 50% de esa misma base mínima.
A quiénes no se aplica la integración de lagunas
Este mecanismo está disponible principalmente para los trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social, y su aplicación varía entre colectivos. Los trabajadores autónomos (acogidos al RETA) quedan mayormente excluidos: si presentan meses sin actividad, esos periodos no se completan automáticamente como ocurre en el Régimen General.
Tampoco se aplica a los trabajadores del Sistema Especial Agrario por Cuenta Ajena, para quienes solo computan los periodos efectivamente cotizados, ni a los empleados del hogar durante el periodo transitorio hasta 2023 en el cálculo de sus pensiones de incapacidad permanente y jubilación.
Existe, no obstante, una excepción limitada: la ley prevé la integración de lagunas durante los seis meses posteriores al cese de actividad, aunque no como norma general a lo largo de toda la vida laboral.














