

Son millones los jubilados que consideran que su jubilación por si sola no alcanza para llevar una vida digna. Los gastos diarios sumados a las tensiones en el mercado inmobiliario hacen que balancear una vida con la pensión de jubilación como único ingreso pueda resultar una tarea cercana a lo imposible.
En este marco es que una nueva reforma en la Ley trae un cambio que miles de personas esperaban hace años. Por primera vez, los trabajadores autónomos podrán compatibilizar su pensión con una actividad económica propia, un derecho que hasta ahora estaba reservado exclusivamente a los empleados por cuenta ajena a tiempo parcial.
El gasto en pensiones en España alcanzó en mayo los 36.601,4 millones de euros, un 6,1% más que el año anterior. La Seguridad Social paga actualmente 9.470.000 pensiones, de las que 6,7 millones son de jubilación. En ese contexto, el objetivo del decreto es incentivar que los jubilados vuelvan al mercado laboral, alarguen su vida activa y alivien la presión sobre el sistema.

Los requisitos que se deben cumplir para acceder a la pensión flexible
El decreto introduce un requisito específico para los autónomos: no haber estado dado de alta como autónomo en los tres años anteriores a la fecha de jubilación. Es la condición para evitar que se utilice la norma como vía para compatibilizar desde el primer día una actividad que ya se venía desarrollando antes de jubilarse.
Una de las novedades más importantes de la reforma es la eliminación del periodo mínimo de espera: hasta ahora, los jubilados tenían que esperar al menos un año desde la jubilación para solicitar la jubilación flexible. Con el nuevo decreto, se puede acceder desde el primer día en que se reconoce la pensión, sin ningún periodo transitorio.
La norma se aplica a todos los regímenes de la Seguridad Social, con la excepción de los regímenes especiales de funcionarios civiles del Estado, las Fuerzas Armadas y el personal al servicio de la Administración de Justicia.

Cuánto cobrará un jubilado autónomo con la nueva norma
Un ejemplo claro de la nueva norma es el siguiente: un jubilado que cobra una pensión de 1.500 euros al mes y decide reengancharse al mercado laboral como autónomo podrá cobrar hasta el 25% de su pensión mientras desarrolla esa actividad. Eso supone 375 euros adicionales al mes compatibles con los ingresos de su negocio.
Si en lugar de ser autónomo opta por un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial, el cálculo cambia. Con una jornada del 33%, la pensión se reduce en proporción: ese mismo jubilado de 1.500 euros pasaría a cobrar alrededor de 1.005 euros de pensión más el salario correspondiente a ese tercio de jornada.
La cuantía de la pensión siempre se reduce en proporción inversa a la reducción de jornada.
Los incentivos para quien espera al menos seis meses antes de volver a trabajar
El decreto también introduce un incentivo adicional para quienes no vuelvan a trabajar de inmediato, sino que esperen al menos seis meses desde la jubilación antes de acogerse a la jubilación flexible. En ese caso, la pensión se incrementa según la jornada acordada:
Las jornadas de entre el 55% y el 80% de la jornada completa generan un 25% adicional sobre la pensión. Las jornadas de entre el 33% y el 55% suman un 15% adicional. Es un mecanismo pensado para que la jubilación flexible no se convierta en una fórmula de salida inmediata del mercado laboral, sino en una reincorporación real tras un periodo de descanso.
Además, quienes accedieron de forma involuntaria a una jubilación anticipada podrán pasar desde la jubilación flexible a una jubilación plena, lo que les permitirá mejorar su pensión inicial al recalcularse la base reguladora y el porcentaje aplicable según el periodo de cotización acreditado.














