Atención jubilados

Último aviso | El Gobierno te quitará la jubilación en mayo si no haces este trámite

La Seguridad Social puede suspender e incluso eliminar pensiones no contributivas si los beneficiarios no entregan la declaración anual de ingresos o el certificado de fe de vida en el plazo establecido.

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En España, más de ocho millones de personas perciben algún tipo de pensión, y dentro de ese universo, unas 460.000 dependen de pensiones no contributivas por jubilación o invalidez. Aunque estas ayudas están diseñadas para garantizar un ingreso mínimo a quienes no pueden acceder a una pensión contributiva, también están sujetas a controles estrictos por parte del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) y la Seguridad Social.

Desde 2023, los beneficiarios de estas prestaciones están obligados a presentar cada año una declaración de ingresos antes del 31 de marzo. No cumplir con este trámite puede derivar en la suspensión temporal de la pensión y, si el retraso se extiende más allá de los 90 días, en la baja definitiva del beneficio. La advertencia ya fue lanzada por las autoridades, y miles de personas corren riesgo de quedarse sin pensión a partir de abril.

"Esta medida no es nueva, pero sí se está aplicando con mayor rigurosidad", explican fuentes del Imserso. El objetivo es garantizar que los fondos públicos se destinen exclusivamente a quienes realmente los necesitan y cumplen con los requisitos establecidos por la ley.

Último aviso | El Gobierno te quitará la jubilación en mayo si no haces este trámite. Fuente: Archivo

¿Por qué podrían darte de baja la pensión no contributiva?

La obligación de presentar documentación anual afecta tanto a quienes viven en España como a quienes residen en el extranjero. En el primer caso, el trámite principal es la declaración de ingresos de la unidad económica de convivencia del año anterior. Este formulario lo envía el Imserso y puede completarse online o presencialmente.

Para los pensionistas que viven fuera del país, la situación es aún más delicada. Además de la declaración de ingresos, deben entregar un certificado de fe de vida, que puede gestionarse a través de la app oficial "VIVESS". Este documento confirma que el beneficiario está vivo, y su no presentación también puede derivar en la suspensión de la pensión.

Según el artículo 372 del Real Decreto Legislativo 8/2015 y el artículo 16.2 del Real Decreto 357/1991, ambos trámites son obligatorios y deben realizarse cada año. "El incumplimiento de estas obligaciones supone la suspensión de la pensión, tal como lo establece la ley", recuerdan desde la Seguridad Social.

Documentación in para no perder la pensión

Para evitar complicaciones, los beneficiarios deben asegurarse de cumplir con los siguientes pasos:

  • Declaración de ingresos: debe incluir todos los ingresos del hogar durante el año anterior. Es obligatoria para todos los pensionistas no contributivos.

  • Certificado de fe de vida: solo lo deben presentar quienes residen en el extranjero, y puede gestionarse con DNI y reconocimiento facial desde la app "VIVESS".

  • Entrega en plazo: el límite es el 31 de marzo. Pasado ese plazo, hay 90 días adicionales para regularizar la situación antes de que la pensión se dé de baja definitivamente.

"El sistema es claro: si no se entrega la documentación, la prestación se suspende. Y si no se corrige la situación, se pierde el derecho a cobrarla", advierten desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

¿Qué hacer si ya perdiste tu pensión?

Si la pensión fue suspendida, aún es posible recuperarla. El beneficiario tiene hasta 90 días para presentar la documentación y solicitar la reactivación. Si lo hace a tiempo, no solo se restablece el pago, sino que también se abonan los importes retroactivos no percibidos. Para ello, es necesario:

  1. Entregar la declaración de ingresos o el certificado de fe de vida, según corresponda.
  2. Acreditar cualquier otra información requerida por la Seguridad Social.
  3. Consultar el estado del trámite a través del portal oficial o en una oficina de atención.

Cuanto antes se realice el trámite, más rápida será la recuperación del beneficio.

Último aviso | El Gobierno te quitará la jubilación en mayo si no haces este trámite. Fuente: Archivo
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