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Recientemente, el Ministerio de Trabajo decidió cerrar la mesa de diálogo social para de cara a la reforma laboral que enfrenta España, de la mano de su ministra, Yolanda Díaz.

El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey criticó a la patronal española y calificó sus planteamientos como “excusas inasumibles”. Al anunciar que “damos por concluida esta mesa” confió en sellar un acuerdo con los sindicatos.

Yolanda Díaz respondio a la senadora Bildu Idurre Bideguren. (Foto: EFE).
Yolanda Díaz respondio a la senadora Bildu Idurre Bideguren. (Foto: EFE).

La patronal lamentó que Trabajo “se haya levantado” de la mesa e impidiera “una negociación real”. Añadió que la postura del Gobierno “parece que responde más a intereses políticos que a la protección de la salud laboral”. También reclamó “retomar un diálogo social real y efectivo”. Mientras los sindicatos expresan su decepción, los problemas del trabajador “a pie” siguen sin ser respondidos.

Muchos trabajadores creen que una baja por incapacidad temporal los protege por completo. No obstante, la ley permite un despido objetivo aun durante ese periodo si concurren causas justificadas. El despido no puede basarse exclusivamente en la baja médica, pero sí en situaciones económicas, técnicas u organizativas reales.

Motivos legales por los que te pueden despedir estando de baja laboral

En estos casos, la empresa debe acreditar las causas de forma clara y documentada. La normativa contempla estas situaciones como válidas siempre que no exista discriminación médica. La baja no puede ser el motivo principal, pero no impide la extinción del contrato.

El Estatuto de los Trabajadores señala que estos despidos deben incluir indemnización y cumplir las garantías legales. El cierre empresarial, total o parcial, también habilita el despido sin importar la situación médica del empleado.

Principales causas

  • Causas técnicas: modificaciones en métodos o procesos.
  • Causas económicas: pérdidas continuas o caída de ingresos.
  • Causas organizativas: reestructuración interna.
  • Causas de producción: cambios en la demanda.
  • Cierre de empresa: extinción total o parcial de la actividad.

Motivos disciplinarios que permiten un despido sin indemnización

El despido disciplinario puede aplicarse durante una baja médica si el trabajador incurre en faltas graves. Estas conductas no están protegidas por la incapacidad temporal y pueden originar un cese inmediato sin derecho a indemnización.

Para que el despido sea válido, la empresa debe demostrar los hechos y permitir la defensa del trabajador. El Tribunal Supremo ya estableció que no se pueden imponer sanciones disciplinarias sin garantizar este derecho.

Este tipo de despido se mantiene incluso si la persona sigue en tratamiento médico, siempre que el motivo no guarde relación con su situación de salud.

Faltas graves que contempla la ley

  • Faltas reiteradas de asistencia o impuntualidad.
  • Comportamiento agresivo.
  • Fraudes o actos que afecten la confianza.
  • Bajo rendimiento continuado.
  • Actividades incompatibles con la recuperación.

Derechos del trabajador tras un despido estando de baja

El despido durante una baja puede generar derecho a indemnización según el tipo de cese. Si es objetivo, corresponden 20 días por año trabajado con un tope de 12 mensualidades. En el disciplinario no hay indemnización, salvo que sea declarado improcedente.

El trabajador puede acceder a la prestación por desempleo si cumple los requisitos del SEPE. La baja médica continúa cubierta por la Seguridad Social incluso tras el despido si el afectado sigue incapacitado.

En caso de controversia, los tribunales pueden declarar nulo el despido si la enfermedad fue el motivo central. Esta garantía evita discriminaciones por razones médicas.

¿En qué casos es legal despedir a un trabajador en incapacidad temporal?

La doctrina del Tribunal Supremo aclara que un despido puede ser nulo si la baja fue la causa determinante. Sin embargo, existen escenarios en los que la empresa puede justificarlo.

Los despachos laboralistas enumeran cuatro supuestos: despido objetivo, despido disciplinario, incapacidad sobrevenida y cierre empresarial. En todos ellos, la clave es demostrar la causa real ajena a la baja.

La reforma del Estatuto permite que un trabajador con incapacidad sobrevenida decida continuar o no en su puesto. Esto evita ceses automáticos y refuerza su autonomía.

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