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En España, aquellas personas que invierten en su educación pero que al mismo tiempo tienen un empleo muchas veces atraviesan la situación de tener que acudir a un examen en horario laboral. Frente a este escenario, se preguntan si el permiso para acudir a exámenes es retribuido o no.

En este contexto, el abogado Omar Molina ha explicado, a través de un posteo en su cuenta de LinkedIn, cómo esta situación está amparada por la normativa. Para ello, apela tanto al artículo 23.1.a) del Estatuto de los Trabajadores (ET) como a la sentencia 100/2026, de 1 de junio, de la Audiencia Nacional (AN).

La resolución surgió a raíz de un conflicto colectivo entre UGT-FICA y varias empresas del Grupo Acciona Energía, cuyo convenio reconocía el permiso para acudir a exámenes oficiales pero no especificaba su carácter retribuido.

“La Audiencia Nacional dice que sí y lo interesante es que el artículo 23.1.a) del ET no dice expresamente que lo sea”, afirma el especialista. Según explica en la publicación, esta última normativa reconoce la posibilidad de disfrutar de los “permisos necesarios para concurrir a exámenes” a aquellos que cursen regularmente estudios para obtener un título académico o profesional.

Por qué la Audiencia Nacional considera retribuido el permiso para acudir a exámenes oficiales

El socio de Augusta Abogados señala las diferencias entre el artículo del Estatuto de los Trabajadores, que no expresa que el permiso sea retribuido, y la sentencia de la AN, que dice que la empresa no puede descontar las horas.

El abogado explica que, en el caso de las ausencias del trabajo que impliquen una pérdida del salario, “normalmente lo establece expresamente”, señala, respecto al Estatuto de los Trabajadores.

Por ejemplo, esto sucede con determinadas reducciones de jornada, donde el artículo 37 del ET establece la “disminución proporcional del salario”.

El permiso para concurrir a exámenes del artículo 23.1.a) ET no contiene ninguna previsión de pérdida salarial.
El permiso para concurrir a exámenes del artículo 23.1.a) ET no contiene ninguna previsión de pérdida salarial.

“Y cuando existe una suspensión del contrato, el artículo 45.2 del ET establece expresamente que quedan suspendidas las obligaciones de trabajar y de remunerar”, explica.

“Sin embargo, el permiso para concurrir a exámenes del artículo 23.1.a) ET no es una suspensión contractual ni contiene ninguna previsión de pérdida salarial. Si el legislador hubiera querido que acudir al examen implicara perder salario, habría podido decirlo”, agrega el abogado.

Por qué perder salario al acudir al examen limitaría la efectividad de este derecho

El abogado explica que el artículo 23 del ET busca facilitar la formación y promoción profesional de las personas trabajadoras, en estrecha relación con el artículo 40.2 de la Constitución.

“Interpretar que el trabajador puede acudir al examen, pero perdiendo salario, restringiría precisamente la efectividad de ese derecho”, manifiesta.

Además, añade que “Las 20 horas anuales retribuidas de formación profesional del artículo 23.3 ET no sustituyen este permiso”.

Sin embargo, también explica que esto no implica que todo examen suponga un permiso retribuido.

El derecho del permiso retribuido es únicamente para concurrir al examen y no para estudiar.
El derecho del permiso retribuido es únicamente para concurrir al examen y no para estudiar.Magnific

Por qué no todo examen genera un permiso retribuido automáticamente

Los permisos retribuidos para exámenes están amparados por el artículo 23.1.a) del ET, para las personas que cursen regularmente estudios para obtener un título académico o profesional y necesitan concurrir a dicho examen.

Además, recalca que no existe un permiso retribuido para todo examen: “Existe un permiso retribuido para acudir a un examen, no para estudiar”.

Por otro lado, un aspecto relevante es que reconocer este derecho no impide que se verifique documentación que lo respalde, como matrícula o acreditación de los estudios, convocatoria, coincidencia con la jornada y justificante de asistencia.

De la misma forma, Omar Molina señala otra cuestión importante sobre los permisos retribuidos: “Para la AN, el Estatuto opera aquí como mínimo de derecho necesario. Por tanto, la negociación colectiva puede mejorar este derecho, pero no empeorarlo. Veremos qué dice el Tribunal Supremo”.