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Las sanciones por exceso de velocidad pueden representar un inconveniente para quienes manejan, aunque están diseñadas para promover nuestra seguridad vial.

La Dirección General de Tráfico (DGT) está constantemente explorando nuevas estrategias para disminuir los accidentes en las carreteras y la velocidad excesiva se identifica como el problema principal.

En nuestro país ha emergido recientemente una discusión en torno a la posibilidad de incrementar los límites de velocidad en las distintas carreteras.

Sin embargo, existen ciertas excepciones que permiten superar estos límites. Los cuerpos de seguridad del Estado y los servicios médicos son ejemplos obvios de quienes pueden excepcionalmente exceder estos límites.

A pesar de ello, las regulaciones de tráfico y las normativas de circulación todavía dejan margen para acelerar sin incurrir en penalizaciones. Un ejemplo de esto es la señal V12, un letrero que se coloca en el vehículo y permite aumentar la velocidad hasta los 150 kilómetros por hora en la carretera.

Esta señal se usa porque sirve como alerta a otros conductores de que el vehículo está realizando pruebas especiales o ensayos de investigación.

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V12, la nueva señal de la DGT que te permite conducir a 150 kilómetros por hora. (Imagen: archivo)

Nuevas medidas de sanción

Se han implementado nuevas sanciones y se han agravado algunas existentes, aunque la categorización de las infracciones permanece inalterada: las leves con multas de hasta 100 euros; las graves que conllevan sanciones de 200 euros y las muy graves que inducen multas de 500 euros.

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V12, la nueva señal de la DGT que te permite conducir a 150 kilómetros por hora. (Imagen: archivo)

Infracciones Graves (500 euros)

- Emplear dispositivos prohibidos durante los exámenes con el fin de obtener o recuperar la licencia.

- Lanzar objetos al camino que puedan ocasionar incendios o accidentes.

- Violación de las regulaciones en relación con la asistencia en carreteras así como en lo que respecta al uso de alcoholímetros antiarranque.

Infracciones graves: multa de 200 €

- Detenerse o aparcar en carriles para bicicletas.

- Transportar dispositivos para detectar radares.

- Conducir con la licencia suspendida.

- Que los motoristas o ciclistas utilicen el teléfono móvil de manera inadecuada.

En virtud de la nueva legislación, es posible portar el carné de conducir a través de la app miDGT, por lo que no es necesario tenerlo en formato físico.

Es importante contar en su vehículo con tres documentos esenciales: el permiso de circulación, el de conducir y la tarjeta de la ITV.

No es imprescindible portar físicamente la póliza de seguro ni el recibo de pago, dado que desde 2008 no forman parte de los requisitos establecidos por la DGT.

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