Atención conductores | Cambian los requisitos para conducir: la DGT advierte sobre nuevos documentos obligatorios en el vehículo
Con el objetivo de mejorar la seguridad vial, la DGT ha implementado nuevas medidas, incluyendo la reciente reforma de la Ley de Tráfico.
La Dirección General de Tráfico (DGT) sigue trabajando para reducir las cifras de accidentes y muertes en las carreteras españolas. Con el objetivo de mejorar la seguridad vial, la DGT ha implementado nuevas medidas, incluyendo la reciente reforma de la Ley de Tráfico.
A pesar de los esfuerzos anteriores, las cifras de mortalidad continúan siendo alarmantes, y en 2023, se registró un aumento del 5% en los fallecimientos en accidentes de tráfico.
En este contexto, la DGT ha establecido nuevas obligaciones para los conductores, especialmente en lo que respecta a los documentos que deben llevar siempre consigo al conducir.
¿Qué documentos son obligatorios llevar en el vehículo?
Según la reforma de la Ley de Tráfico, los conductores deben llevar tres documentos imprescindibles cuando se encuentren al volante.
Aunque muchos conductores suelen tener siempre la póliza de seguro o el recibo del pago, desde 2008 la DGT ya no exige que estos documentos estén en el coche. Los documentos que deben ser portados son:
- Permiso de circulación: Este documento es esencial para poder circular con el vehículo.
- Carné de conducir: Aunque es necesario tenerlo, no hace falta que sea en formato físico. Los conductores pueden cargar su carné digitalmente a través de la aplicación miDGT.
- Tarjeta de la ITV: Este documento debe estar presente en el vehículo y es obligatorio para garantizar que el coche ha pasado la inspección técnica correspondiente.
¿Qué nuevas multas se han introducido en la Ley de Tráfico?
La reciente reforma también ha traído consigo nuevas sanciones para los conductores, y algunas infracciones han visto endurecidas sus penalizaciones. Estas son las infracciones según su gravedad:
- Muy graves (500 euros de multa): Usar dispositivos de intercomunicación no autorizados para exámenes de carné de conducir, arrojar objetos a la vía que puedan causar accidentes, e incumplir las normas sobre el uso de alcoholímetros antiarranque.
- Graves (200 euros de multa): Estacionar en carriles o vías ciclistas, llevar dispositivos de detección de radares, o conducir con el permiso suspendido.
- Leves (hasta 100 euros de multa): No estar en condiciones de controlar el vehículo, o que los ciclistas no respeten normas de seguridad vial que no sean graves.
La nueva Ley de Tráfico pretende aumentar la seguridad en las carreteras y reducir las víctimas en accidentes de tráfico. Además de las multas más estrictas, se imponen nuevas obligaciones para los conductores, como la de llevar ciertos documentos en el vehículo.
Es importante que los conductores estén al tanto de estas modificaciones y aseguren que cumplen con todas las normativas, sobre todo en lo que respecta a la documentación obligatoria y el cumplimiento de las nuevas sanciones.