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Un considerable número de personas se desempeñan como amas de casa y gestionan sus hogares sin recibir remuneración ni reconocimiento por su labor. Las tareas domésticas, tales como el cuidado de los niños, la atención a personas mayores, la limpieza o la cocina, son esenciales para mantener el equilibrio familiar.
En España, la cantidad de amas de casa ha experimentado una disminución en las últimas dos décadas. De acuerdo con los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA), en 2002 existían cinco millones de personas en esta situación, mientras que en la actualidad esa cifra se ha reducido a apenas 2,8 millones.
En este contexto, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, aprobada en 1995, omitió considerar el servicio doméstico. No obstante, una disposición adicional y un real decreto promulgado el año pasado requieren que los empleadores aseguren condiciones seguras para las personas que realicen tareas domésticas en su hogar. Las normativas estarán orientadas hacia la protección contra la violencia y los riesgos físicos.
El requisito esencial para el servicio doméstico
El recurso está diseñado para identificar fuentes de riesgo para los trabajadores domésticos y evaluar su nivel de gravedad. Asimismo, permite asignar responsables, establecer plazos de corrección, estimar costes y registrar la implementación de medidas para combatir esos peligros. Finalmente, se puede elaborar un informe final de evaluación de riesgos laborales.
Esta normativa no podía aplicarse debido a la falta de una herramienta que hiciese posible el cumplimiento en todos los hogares con empleados de servicio doméstico. Ahora ya es una realidad gracias a la aplicación digital desarrollada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), que se puede encontrar en el portal Prevención10.es, disponible para todos los empleados que la necesiten.
Con esta herramienta digital, se generará un nuevo documento formal para la evaluación de riesgos personalizada, en el que se contemplan las características del domicilio, así como el tipo de funciones que desempeña el trabajador, tales como limpieza, jardinería, cocina, conducción y cuidado de otras personas.
Consecuencias económicas por incumplir el requisito del servicio doméstico
La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) establece de manera inequívoca que en su artículo 22.2 se considera como infracción grave "no solicitar la afiliación inicial o el alta de los trabajadores que ingresen a su servicio“.
Los empleados del hogar son uno de los colectivos profesionales más expuestos a la vulneración de sus derechos fundamentales. Se estima que muchos de ellos ejercen su labor sin estar dados de alta en la Seguridad Social. Esta situación constituye una infracción que puede acarrear consecuencias económicas para el empleador.
Esta falta conlleva una sanción económica que puede alcanzar los 12.000 euros según su grado:
- Grado mínimo: de 3750 a 7500 euros.
- Grado medio: de 7501 a 9600 euros.
- Grado máximo: de 9601 a 12.000 euros.