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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que un grupo los contribuyentes registrados en el monotributo podrán acceder a un beneficio impositivo si cumplen un requisito clave.
La medida tiene como principal objetivo aliviar la carga fiscal en los trabajadores autónomos registrados en el Régimen Simplificado (RS) y el trámite podrá ser realizado online.
ARCA: qué monotributistas dejarán de pagar el impuesto en julio
El organismo a cargo de JuanPazos ofrece un beneficio impositivo a los contribuyentes del Régimen Simplificado (RS) para Pequeños Contribuyentes que se dediquen de forma exclusiva al alquiler de inmuebles.
Quienes estén interesados en realizar al trámite deberán cumplir las siguientes tres condiciones:
- Estar inscripto en el monotributo y alquilar hasta dos propiedades.
- No tener registrada ninguna otra actividad económica en el sistema.
- Tener los contratos debidamente registrados en el Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI).
ARCA: cómo tramitar la exención de pago del monotributo
En caso se cumplan las condiciones mencionadas anteriormente, los monotributistas deberán seguir los siguientes pasos:
Ingresar a la web oficial de ARCA a través de este link
Seleccionar la opción "Modificación locador de hasta 2 inmuebles - Beneficio Ley 27.737"
Informar el período desde el cual corresponde la exención.
Declarar con clave fiscal en el "Sistema Registral" con la actividad 681098.
Verificar que los contratos estén cargados correctamente en el sistema RELI.

ARCA: cuándo es la próxima recategorización del monotributo
ARCA informó que durante julio se aplicará una actualización en los montos de facturación para las categorías del monotributo. Se actualizará según el índice de inflación del último semestre, por lo que queda esperar que el INDEC de a conocer la inflación de junio (lo publicará en la primera semana de julio).
En la misma línea, como consecuencia del mecanismo de actualización, el vencimiento fijado para el 20 de julio pasará a ser el 5 de agosto.
ARCA: cómo quedaron las categorías del monotributo en 2025
Las escalas publicadas por el organismo fiscal quedaron de la siguiente manera:
Categoría A: hasta $ 7.813.063,45
Categoría B: hasta $ 11.447.046,44
Categoría C: hasta $ 16.050.091,57
Categoría D: hasta $ 19.926.340,10
Categoría E: hasta $ 23.439.190,34
Categoría F: hasta $ 29.374.695,90
Categoría G: hasta $ 35.128.502,31
Categoría H: hasta $ 53.298.417,30
Categoría I: hasta $ 59.657.887,55
Categoría J: hasta $ 68.318.880,36
Categoría K: hasta $ 82.370.281,28
ARCA: cuánto tengo que pagar según mi categoría de monotributo
- Categoría A: impuesto integrado, $ 3.633,98; aporte previsional, $ 11.871,01; obra social, $ 16.716,32. Total a pagar: $ 32.221,31
- Categoría B: impuesto integrado, $ 6.904,57; aporte previsional, $ 13.058,11; obra social, $ 16.716,32. Total a pagar: $ 36.679
- Categoría C: impuesto integrado, $ 11.871,01 (servicios) o $ 10.901,95 (comercio de bienes); aporte previsional, $ 14.363,92; obra social, $ 16.716,32. Total a pagar: $ 42.951,25 en el caso de servicios y $ 41.982,19 para el comercio de bienes.
- Categoría D: impuesto integrado, $ 19.381,24 (servicios) y $ 18.048,78 (comercio de bienes); aporte previsional, $ 15.800,32; obra social, $ 19.865,77. Total a pagar: $ 55.047,33 en el caso de servicios y $ 53.714,87 para el comercio de bienes.
- Categoría E: impuesto integrado, $ 36.339,83 (servicios) y $ 28.829,60 (comercio de bienes); aporte previsional, $ 17.380,35; obra social, $ 24.226,55. Total a pagar: $ 77.946,73 en el caso de servicios y $ 70.436,50 para el comercio de bienes.
- Categoría F: impuesto integrado, $ 51.118,03 (servicios) y $ 37.551,16 (comercio de bienes); aporte previsional, $ 19.118,38; obra social, $ 27.860,54. Total a pagar: $ 98.096,95 en el caso de servicios y $ 84.530,08 para el comercio de bienes.
- Categoría G: impuesto integrado, $ 93.029,96 (servicios) y $ 46.514,98 (comercio de bienes); aporte previsional, $ 26.765,73; obra social, $ 30.040,93. Total a pagar: $ 149.836,62 en el caso de servicios y $ 103.321,64 para el comercio de bienes.
- Categoría H: impuesto integrado, $ 266.492,09 (servicios) y $ 133.246,04 (comercio de bienes); aporte previsional, $ 37.472,03; obra social, $ 36.097,56. Total a pagar: $ 340.061,68 en el caso de servicios y $ 206.815,63 para el comercio de bienes.
- Categoría I: impuesto integrado, $ 529.955,85 (servicios) y $ 211.982,34 (comercio de bienes); aporte previsional, $ 52.460,84; obra social, $ 44.576,86. Total a pagar: $ 626.993,55 en el caso de servicios y $ 309.020,04 para el comercio de bienes.
- Categoría J: impuesto integrado, $ 635.947,02 (servicios) y $ 254.378,81 (comercio de bienes); aporte previsional, $73.445,18; obra social, $ 50.027,83. Total a pagar: $ 759.420,03 en el caso de servicios y $ 377.851,82 para el comercio de bienes.
- Categoría K: impuesto integrado, $ 890.325,83 (servicios) y $ 296.775,28 (comercio de bienes); aporte previsional, $ 102.823,25; obra social, $ 57.174,67. Total a pagar: $ 1.050.323,75 en el caso de servicios y $ 456.773,20 para el comercio de bienes.
















