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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que pagará en junio un bono de más de $ 300.000 a un grupo de beneficiarios durante más de seis meses.
Será abonado conforme lo indica el calendario de pagos y tendrá como principal objetivo a las familias de los trabajadores en relación de dependencia que hayan sido desvinculados sin causa justa.
ANSES: quiénes podrán cobrar el extra de $ 300.000 en junio
La prestación por desempleo brinda respaldo económico a los trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedidos sin motivo justo.
En estos casos, se debe realizar el trámite dentro de los 90 días tras la desvinculación y los casos posibles son los siguientes:
- Trabajadores permanentes: deberán tener al menos seis meses de trabajo con aportes en los últimos tres años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos tres años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

ANSES: cuánto se cobra por la prestación por desempleo en junio
Según informó el organismo previsional, el valor del beneficio está ligado al monto del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), el cual alcanza un total de $ 313.400 durante el sexto mes del año.
Es importante tener en cuenta el sueldo mínimo porque el valor base de la prestación no puede ser inferior al 50% del SMVM ($ 156.700), mientras que el máximo no podrá ser mayor al 100% ($ 313.400).
Para poder calcular de forma correcta el pago final se debe calcular un equivalente al 75% del mejor salario cobrado en los últimos seis meses antes al despido.
Desde ANSES recalcaron que la prestación se paga por un máximo de 12 meses, pero en caso de superar los 45 años podrá extenderse hasta los 18.
ANSES: cómo tramitar la prestación por desempleo y qué documentos necesito
Quienes deseen tramitar la prestación por desempleo podrán hacerlo de forma presencial separando un turno en la página de ANSES. También, podrá hacerse de forma virtual (para esta opción se requiere Clave de la Seguridad Social y utilizar el servicio Atención Virtual).
Los documentos necesarios son los siguientes:
- DNI (original y copia).
- Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
- En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
















