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A través de la Resolución 1172/2025, el Gobierno de Javier Milei derogó la Resolución 187/2025, mediante la cual se estableció un baremo médico para determinar qué condiciones de salud justifican el otorgamiento de una Pensión No Contributiva (PNC) por Invalidez Laboral.
La medida se enmarca en el proceso de auditorías de más de un millón de pensiones, con el objetivo de garantizar que los beneficiarios cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto 843/2024.
Pensión por invalidez laboral: ¿cuáles son los nuevos cambios?
Según datos oficiales, de las 22.417 pensiones auditadas durante el último año, solo el 20% cumplía con los criterios legales vigentes. Además, se detectaron casos de cobro indebido por parte de 150 personas fallecidas y 212 detenidos. En octubre, incluso se logró la captura de 14 prófugos de la justicia que también estaban percibiendo esta prestación.
En ese contexto, la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) había implementado un sistema deevaluación médica basado en criterios técnicos y legales para determinar si una persona calificaba para recibir la PNC por invalidez laboral.

Ahora, la Dirección Nacional de Apoyos y Asignaciones Económicas recomendó la revisión del baremo y la elaboración de una nueva propuesta que actualice los criterios para la evaluación de la invalidez laboral.
"La normativa está nutrida de los baremos previamente confeccionados por expertos en medicina legal-laboral y en cada una de las especialidades y conocimiento de campo tanto en la valoración pericial del daño como en la evaluación de las condiciones de salud de los solicitantes de pensiones no contributivas, a lo largo de todo el país", escribieron.
¿Cuáles eran los criterios de evaluación para obtener la PNC por Invalidez Laboral?
Mediante la Resolución 187/2025, la ANDIS había establecido un sistema de clasificaciones para evaluar la discapacidad, determinar si es pertinente el otorgamiento del beneficio y garantizar la asignación a quien realmente lo necesitaba.

- Siempre favorable: incapacidad suficiente para generar un dictamen médico favorable a los fines del otorgamiento de la pensión, independientemente de los factores socioeconómicos.
- Evaluable: necesidad de mayor evaluación ya que podría llegar a generar un dictamen favorable o desfavorable debido al grado de invalidez alcanzada.
- Incapacidad baja: si bien padece algún grado de incapacidad, no llegaría al grado de invalidez requerida para otorgar la pensión.
- Sin incapacidad: tiene alguna patología, pero ausencia de incapacidad.
Requisitos para acceder a las Pensiones por invalidez
Para acceder a esta prestación de ANSES, se debe acreditar el 66% de disminución de la capacidad laboral y cumplir con los siguientes requisitos:
- No estar empleado bajo relación de dependencia, ni registrado como autónomo o monotributista del régimen general.
- Presentar Documento Nacional de Identidad (DNI) para acreditar identidad, edad y nacionalidad.
- Residir en Argentina: los ciudadanos argentinos deben tener al menos tres años de residencia continua, mientras que los extranjeros deben acreditar una residencia de diez años.
- No recibir ninguna otra pensión contributiva o no contributiva.
- No tener parientes legalmente obligados a proveer alimentos, o que estos se encuentren imposibilitados de hacerlo.
- No poseer bienes, ingresos ni recursos suficientes para la autosubsistencia. ANDIS evaluará la situación socioeconómica de cada solicitante.
- No estar detenido en un establecimiento penitenciario.















