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Este martes el Gobierno oficializó el programa "Puente al Empleo" que busca que beneficiarios de planes sociales consigan empleo formal: la iniciativa se publicó hoy en el Boletín Oficial a través del Decreto 551/2022.
El proyecto, el cual consta de 20 artículos, busca "transformar de manera gradual y con un criterio federal a los programas sociales, educativos y de empleo en trabajo registrado de calidad".
Según indica el Decreto, el próximo 1° de octubre el programa "Puente al Empleo" entrará en vigencia con el objetivo de "mejorar la empleabilidad y la generación de nuevas propuestas productivas y promover la inclusión social plena de aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y económica".

La medida porta las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur; y los ministros de Economía, Sergio Massa; de Trabajo, Claudio Moroni; y de Desarrollo Social, Juan Zabaleta.
"PUENTE AL EMPLEO": LOS DETALLES DEL PROGRAMA PARA CONVERTIR PLANES SOCIALES EN TRABAJO FORMAL
Según la reglamentación publicada este martes en el Boletín Oficial, los empleadores del sector privado que contraten nuevos trabajadores provenientes de "programas sociales, educativos o de empleo" recibirán de parte del Estado el monto correspondiente a la asistencia a cuenta del pago del salario por un plazo de 12 meses.
"Producida la discontinuidad del contrato de trabajo, los trabajadores tendrán la posibilidad de continuar percibiendo las asignaciones dinerarias que brindan dichos programas, si el número de cotizaciones al Sistema de Seguridad Social no supera los 12 meses", suma además la medida.
Por su parte, en caso de que el período de cotizaciones de este sistema se encuentre entre los ocho y los 12 meses, los trabajadores podrán optar entre permanecer en el programa social de origen o acceder a la prestación por desempleo.
En cuanto a las relaciones laborales que inicien en el marco del Programa, "la reducción de las contribuciones patronales correspondientes a los subsistemas de la seguridad social será del 100%".
Estos "subsistemas" que menciona la medida son:
- Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias.
- Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley N° 19.032 y sus modificatorias.
- Fondo Nacional de Empleo, Ley N° 24.013 y sus modificatorias.
- Régimen de Asignaciones Familiares, Ley N° 24.714 y sus modificatorias.
"Quedan excluidas de las reducciones establecidas en la presente norma las alícuotas adicionales previstas en regímenes previsionales diferenciales y especiales de la seguridad social", aclara la resolución.
Por su parte, tampoco se les permitirá acceder al programa a los empleadores que figuren en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) o que "incurran en prácticas indebidas y/o abusivas para acceder a los beneficios establecidos" por el programa.
"La exclusión se producirá en forma automática desde el mismo momento en que ocurra cualquiera de las causales indicadas en los incisos a y b del presente artículo", aclara el decreto.
Finalmente, el decreto invita a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a adherir o a dictar medidas de similar tenor para compatibilizar los programas sociales, educativos y de empleo locales con el trabajo registrado.













