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La Confederación General del Trabajo (CGT) convocó a un paro general y movilización para el 10 de febrero, fecha en la que el Senado debatirá el proyecto de reforma laboral impulsado por el Gobierno.
La decisión se conoció tras la masiva marcha sindical del pasado jueves 18 de diciembre en Plaza de Mayo, donde miles de trabajadores reclamaron frenar la iniciativa oficialista.
¿Por qué la CGT convoca al paro general?
Tras la masiva movilización sindical en Plaza de Mayo contra la reforma laboral, la Confederación General del Trabajo (CGT) confirmó un nuevo paro general para el 10 de febrero, día en que el Senado debatirá el proyecto oficialista.
El secretario gremial de la central obrera, Osvaldo Lobato, ratificó la medida en diálogo con AM 530: “Esperamos que el 10 de febrero volvamos a estar en la calle, con un paro y movilización”.
El dirigente de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) destacó que uno de los logros de la protesta del 18 de diciembre fue posponer el tratamiento de la reforma, inicialmente previsto para diciembre.
Desde la conducción sindical advierten que la iniciativa implica un retroceso en derechos adquiridos y busca flexibilizar las condiciones laborales. En esa línea, Jorge Sola, secretario general de la CGT, sostuvo que “es un ataque directo a los derechos individuales y colectivos de los trabajadores” y se pretende aprobar sin diálogo ni consenso.
¿Qué servicios se verán afectados?
El paro general del 10 de febrero impactará en transporte público, administración pública, bancos, recolección de residuos, construcción y actividades industriales, entre otros sectores. También se prevén movilizaciones en todo el país, con epicentro en la Ciudad de Buenos Aires.
Puntos clave de la reforma laboral que impulsa el Gobierno
El Gobierno enviará al Congreso un proyecto que introduce cambios profundos en la Ley de Contrato de Trabajo y en las condiciones laborales. Entre las principales modificaciones se destacan:
- Tickets canasta sin carácter remunerativo.
- Salarios por productividad y mérito.
- Flexibilidad horaria y banco de horas, permitiendo compensar jornadas extensas con otras más breves.
- Vacaciones fraccionadas y fuera del período tradicional, adaptadas a acuerdos entre partes.
- Fin de la ultractividad sindical y prioridad de convenios por empresa sobre los sectoriales.
- Cuotas sindicales voluntarias y eliminación de descuentos automáticos en los recibos de sueldo.
- Restricciones a asambleas sindicales en el ámbito laboral, limitando su frecuencia y duración.
- Digitalización total de trámites laborales, incluyendo contratos y notificaciones.
- Nuevo estatuto para repartidores de plataformas y derogación de la actual ley de teletrabajo.
- Indemnización por despido reemplazada por fondos o seguros sectoriales, financiados con aportes patronales mensuales.
- Banco de horas voluntario, con descansos mínimos obligatorios: 12 horas entre jornadas y 35 horas semanales.
- Despidos sin justa causa: indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, calculada sobre la mejor remuneración mensual del último año.