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La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó la Ley 6961, una reforma al Código Contravencional propuesta por el Jefe de Gobierno, Jorge Macri, que endurece las penas y establece días de detención efectiva contra los trapitos y limpiavidrios.

Además, refuerza sanciones para los clubes u organizaciones que promuevan o participen de esta actividad. Para su aprobación consiguió 36 votos positivos.

Ley antitrapitos: qué cambia a partir de ahora

Con esta modificación, consensuada con legisladores de otras fuerzas políticas, se extienden los horarios de prohibición en eventos masivos y se faculta a la Policía porteña a detener a los trapitos.

“Lo dije desde el primer día: ​los trapitos son una mafia, se creen dueños de la calle y viven de extorsionar a los porteños. Ahora los metemos presos. Con los delincuentes, tolerancia cero".

Jorge Macri, jefe de gobierno porteño.

Entre mayo de 2025 y mayo de 2026 se hicieron un total de 13.149 contravenciones vinculadas con esta actividad. “¿Cuánto le importa una multa a un trapito? Se le ríen en la cara a la Policía", afirmó Jorge Macri, tras presentar el proyecto que hoy votó la Legislatura, al considerar que las sanciones vigentes resultaban insuficientes para lidiar con esa problemática.

Prisión y multas millonarias: cuáles son las nuevas sanciones para los “trapitos” y limpiavidrios

Las sanciones varían según el contexto y el nivel de organización, y tanto trapitos como limpiavidrios serán detenidos en el marco de eventos masivos o cuando se los encuentre en las calles de la Ciudad:

En eventos masivos

Cuando se demuestre la existencia de una organización previa o una banda organizada, las penas serán de 20 a 50 días de detención.

Se aprobó la Ley Antitrapitos que propuso Jorge Macri. Foto: GCBA.

Cuidacoches en las calles

Se prevé la detención por entre 10 a 30 días para quien cuide coches de manera ilegal en cualquier calle o lugar de la Ciudad.

Jefes, organizadores o promotores

Tendrán penas de hasta 60 días de cárcel.

Contra los aprietes

Las penas se duplican ante situaciones de violencia o acoso generalizado en la calle. Dice el Artículo 1º: “Cuando la conducta esté basada en la desigualdad de género o sea realizada con intimidación y/o persistencia y/o cometida aprovechando la vulnerabilidad del conductor o del entorno (...) la pena se elevará al doble”.

Trabajo comunitario y multas

Los días de “utilidad pública” o trabajo comunitario que se pueden sumar como pena pasan de 2 a un período de 20 a 45 días. Y las multas económicas que antes iban de $ 50.000 a $ 285.000 se elevan fuertemente, fijándose a partir de $ 1.139.988 (1.200 a 7.000 UF).

Quita de planes sociales

Aquellos que actúen en forma organizada en eventos masivos podrán ser inhabilitados por hasta dos años para acceder a programas sociales, subsidios o beneficios estatales de la Ciudad.

¿Cómo será el control contra los “trapitos” y limpiavidrios en los eventos masivos?

La norma también fija cómo controlará a quienes infrinjan lo estipulado durante los eventos masios, ya que los controles serán más rigurosos:

  • Alcance: la prohibición y las nuevas penas se aplicarán en cualquier tipo de evento dentro de la Ciudad (antes sólo deportivos o artísticos masivos).
  • Radio extendido: el área de prohibición y control se amplía hasta 50 cuadras a la redonda de donde se realice el evento.
  • Mayor cobertura horaria: los controles ya no empezarán 3 horas antes y terminarán 2 horas después; ahora la prohibición regirá desde 6 horas antes del inicio del evento y hasta 3 horas después del final.
  • Sanciones para clubes e instituciones: la ley apunta también a cortar los vínculos de financiamiento o complicidad institucional. Si se demuestra que integrantes de un club, institución u organizador participan directa o indirectamente de la actividad ilegal, el Gobierno porteño podrá aplicar:
  • Se duplican las multas: el castigo económico pasa de 10.000 UF a 20.000 UF, lo que equivale a un salto de $ 10 millones a aproximadamente $ 20 millones.
  • Clausuras prolongadas: las penalizaciones edilicias y de funcionamiento para las instituciones serán de hasta 90 días de clausura, cuando hasta ahora eran de un máximo de 30 días.