La ventana que abrió la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a través de la Resolución General 5720, para el recupero de los pagos a cuenta del Impuesto PAIS para un grupo de importaciones que no fueron computados, llega a su fin este mes. El régimen de devolución alcanza a importadores que realizaron pagos a cuenta del Impuesto PAIS conforme a la Resolución General 5393, por operaciones de importación incluidas en los decretos 433/2023, 14/2024 y 777/2024 pero que no pudieron computarlos, total o parcialmente, explicó el analista tributario Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios. Si bien la medida tiene limitaciones, es una opción para que los importadores registren los despachos de compras al exterior con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS a través de una Declaración Jurada. Desde la Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA), recordaron que el "Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS" para presentar la Declaración Jurada de Devolución (DJIP), estará habilitado hasta el próximo viernes 22 de agosto de 2025. "Esta primera etapa fue limitada porque permitió solicitar solamente el pago a cuenta del impuesto PAIS que no pudo ser compensado por disminución en la tasa al momento de pagar al proveedor del exterior", explicó Florencia Fernández Sabella, socia en LFS En ese sentido, entre los saldos que aun quedan pendientes, se refirió a importaciones que se pagaron después del 23/12/24 cuando el impuesto quedó sin efecto o los que se cancelaron sin acceder al MULC (con dólares propios de los contribuyentes). "Como el crédito sólo se puede usar para derechos de importación, muchos contribuyentes no accedieron al régimen porque no hay un beneficio en concreto para ellos ya que quizás los productos que importan están eximidos de derechos o los mismos son muy bajos y la recuperación muy lenta", analizó la especialista en tributos. Para los que cumpliendo los requisitos pudieron optar por el beneficio, el trámite avanzó: "en algunos casos había despachos que no estaban en las bases de ARCA pero la verdad es que funcionó muy bien el sistema de ayuda de ARCA y se pudieron incluir", agregó. Quienes finalizaron el trámite deberán esperar al 8 de septiembre para comenzar a observar la devolución que se concretará en cuotas (según monto) a través de crédito fiscal no transferible; este es otro de los puntos débiles que abrió la disposición de ARCA. El crédito fiscal se generará en cuotas mensuales y automáticas a través del Sistema Informático MALVINA (SIM), según el siguiente esquema: Este cronograma también generó objeciones por parte de los asesores en impuestos ya que, al aceptarlo el contribuyente no accede a cerca del 7% del valor FOB de la mercadería que pagó según el tipo de cambio de la fecha correspondiente, sino que se pesifica el monto y, además, se devalúa por la cantidad de cuotas. En ese sentido, Juan Pablo Rizzi, abogado especializado en Derecho Aduanero, destacó que se trata de una medida "optativa" y aclaró que acceder al registro significa "renunciar a la posibilidad de accionar por cualquier diferencia con lo que se aplique".