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El Gobierno actualizó el nuevo suplemento salarial para el personal de las Fuerzas Armadas a través del Decreto 610/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial. La norma introduce modificaciones en la reglamentación de la Ley para el Personal Militar N° 19.101.

La decisión tomada por el presidente Javier Milei fue anunciada por el Ministerio de Defensa, que conduce el teniente general Carlos Presti. La iniciativa establece criterios claros sobre qué conceptos serán alcanzados por el beneficio y cómo deben liquidarse los haberes que percibe el personal.

En los considerandos del texto oficial, el Ejecutivo alega que la adecuación reglamentaria responde a la incorporación del nuevo suplemento por título prevista en la Ley para el Personal Militar N° 19.101, con el objetivo de actualizar el régimen de haberes del personal militar.

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La cartera que conduce el teniente general Presti incorporó el suplemento por título dentro de los suplementos generales que integran los haberes del personal militar en actividad.

Los Jefes de los Estados Mayores Generales de cada Fuerza Armada tendrán la responsabilidad de determinar qué títulos son de interés institucional. Esta selección se basará en la utilidad para las funciones y tareas específicas que desarrolle el personal militar bajo su mando.

Asimismo, el decreto estableció que quienes acrediten más de un título de educación superior solo percibirán el suplemento correspondiente al título de mayor graduación obtenido.

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“Los títulos serán reconocidos a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de presentación de las constancias respectivas ante la autoridad que cada Fuerza determine”, sostuvo la norma.

En paralelo, la medida introdujo cambios en la forma de calcular los importes mensuales. A partir de ahora, los montos se liquidarán aplicando porcentajes sobre la suma de conceptos clave. Entre ellos figuran el “Sueldo”, “Suplemento por tiempo mínimo cumplido”, Suplemento por grado máximo y “Suplemento por título”.

La normativa también deroga de la reglamentación anterior el inciso que limitaba la percepción del suplemento por título universitario únicamente al personal superior del cuerpo profesional.

Decreto oficial