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¿Soy inocente hasta que se demuestre lo contrario? Al menos es la gran novedad que introdujo el Gobierno en el “Principio de Inocencia Fiscal”, un proyecto de ley que busca que los argentinos utilicen “los dólares que tienen debajo del colchón” para remonetizar la economía.

Ahora, siempre y cuando el Congreso dé luz verde a la propuesta que envió el Ejecutivo, la relación entre la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y los contribuyentes podría invertirse. Habría un cambio de paradigma.

“El proyecto propone un cambio profundo en la relación entre el Estado y los contribuyentes. Su eje central es abandonar el esquema presuntivo y punitivo que trataba a los ciudadanos como potenciales evasores, para reemplazarlo por un régimen en el cual rige la presunción de inocencia”, señala el informe final que publicó el Consejo de Mayo, integrado por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, funcionarios, legisladores, empresarios e industriales.

A mediados de mayo, la administración de Javier Milei presentó el “Plan de Reparación Histórica de los ahorros de los argentinos”, una propuesta que buscaba incentivar a los argentinos a volcar sus ahorros en la economía.

Es que, en tiempos en los que prevalecían los controles financieros (cepo cambiario) y una asfixiante carga fiscal, los ciudadanos optaron por atesorar sus dólares físicos por fuera del sistema.

La iniciativa, coordinada entre el Ministerio de Economía, el Banco Central (BCRA) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), se debatirá en el período de sesiones extraordinarias -hasta el 30 de diciembre-, ante un Congreso que luce “favorable” para el Gobierno luego del resultado en las elecciones legislativas de octubre. No obstante, eso no quita que haya ciertos reparos por parte de la oposición.

Caputo estimó que hay u$s 200.000 millones en los colchones
Caputo estimó que hay u$s 200.000 millones en los colchones

La última semana, el ministro de Economía, Luis Caputo, aseguró en la Fundación IEB que los argentinos tienen alrededor de u$s 200.000 millones debajo de los colchones.

“Cerca de u$s 200.000 millones en los colchones perdiendo valor, algo absolutamente irracional. Esto es por el daño económico y psicológico que se le hizo a la gente”, sostuvo.

Dólares del colchón: en qué casos serás inocente hasta que ARCA demuestre lo contrario

El “Principio de Inocencia Fiscal” contempla modificaciones en el Régimen Penal Tributario y una simplificación del Procedimiento Tributario.

En primer lugar, el proyecto actualiza de manera sustancial los montos mínimos que determinan la configuración de delitos tributarios:

  • Evasión simple: el umbral pasaría de $ 1,5 millones a $ 100 millones. Se trata de una modificación que afecta al primer párrafo del artículo 1° del Régimen Penal Tributario.
  • Evasión agravada: el umbral pasaría de $ 15 millones a $ 1.000 millones. Se trata una modificación que afecta al inciso a) del artículo 2° del Régimen Penal Tributario.
  • Facturas apócrifas: el umbral pasaría de $ 1,5 millones a $ 100 millones. Se trata de una modificación que afectaría al inciso d) del artículo 2° del Régimen Penal Tributario.

“Sin perjuicio de ello y en lo que respecta al Régimen Penal Tributario, queda sin regularse una cláusula de actualización a los montos por evasión que permita, ante cualquier proceso inflacionario como el ocurrido en nuestro país, que el fisco no atrape a un mayor caudal de contribuyentes que, al momento de sancionarse la ley, no hubieran sido castigados”, marcó Edgardo Ponsetti, socio de Legales de BDO Argentina.

También se introdujo un mecanismo de extinción de la acción penal mediante el pago íntegro de las deudas e intereses o, en caso de haberse iniciado el proceso penal, mediante el pago adicional del 50 % del monto adeudado dentro de los treinta días hábiles posteriores a la imputación.

“La intención es concentrar el poder punitivo del Estado en los casos de evasión significativa, desincentivar la criminalización de infracciones menores y promover la regularización voluntaria”, subraya el informe que publicó el Consejo de Mayo.

El Gobierno quiere aprobar la ley de "Inocencia Fiscal" durante el período de sesiones extraordinarias
El Gobierno quiere aprobar la ley de "Inocencia Fiscal" durante el período de sesiones extraordinarias

Por otro lado, la iniciativa aborda una serie de cambios en los procedimientos fiscales y los plazos de prescripción tributaria (Ley 11.683).

“Se propone reducir el plazo general de prescripción, particularmente para los contribuyentes que presenten en término sus declaraciones juradas y no registren discrepancias sustanciales con la información del fisco. Además, se actualizan los montos de las multas y sanciones, y se define de forma precisa qué se considera una discrepancia significativa en la información declarada”, precisó el Consejo de Mayo.

En concreto, según detalló Ponsetti, las modificaciones se aplicarían de la siguiente forma:

  • Multas: se actualizan los montos (por ejemplo, de $ 200 a $ 220.000 y de $ 400 a $ 440.000).
  • Prescripción:
    • General (contribuyentes inscriptos): cinco años.
    • Reducida (contribuyentes inscriptos): tres años si la declaración es presentada en término y sin discrepancias significativas.
    • No inscriptos: diez años.
  • Se define “discrepancia significativa” (igual o mayor al 15% de diferencia o superar umbral penal).

Impuesto a las Ganancias: qué cambia para que ARCA no considere que un contribuyente es evasor

Uno de los ejes fundamentales, incluido en el “Capítulo III” del “Principio de Inocencia Fiscal”, es la creación del Régimen Simplificado de Ganancias (RSG).

Se trata de un esquema destinado a personas humanas y sucesiones indivisas -residentes en el país- con ingresos de hasta $ 1.000 millones y patrimonio inferior a $ 10.000 millones.

Además, al transparentar la declaración jurada de bienes en Ganancias, el contribuyente será beneficiado con un “efecto liberatorio” de pago.

“Se considerarán satisfechas sus obligaciones en concepto de Impuesto a las Ganancias del período fiscal en cuestión tanto desde el punto de vista formal como material”, remarca el proyecto de ley en su artículo 39°.

Sumado a ello, la iniciativa esclarece que se le otorgará al contribuyente la “presunción de exactitud“ en los siguientes casos.

“Se presumirá, sin admitir prueba en contrario, la exactitud de las declaraciones juradas presentadas del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto al Valor Agregado [IVA] correspondientes a los períodos no prescriptos”, apunta el artículo 40°.

La excepción a la regla ocurrirá en los casos en donde el fisco impugne la declaración jurada del contribuyente, siempre y cuando detecte "una discrepancia significativa entre la información declarada y la información disponible en sus sistemas o proporcionada por terceros”.

Principio de Inocencia Fiscal by Cronista.com