Giros al exteriorExclusivo Members

Deuda importaciones: los principales problemas y las recomendaciones para evitar errores en la presentación de DJDI

El ecosistema importador aguarda novedades respecto a la cancelación de deuda que se generó hasta el 13 de diciembre, y surfea los problemas para presentar la Declaración Jurada de Deuda por Importaciones (DJDI).

En una semana que estará marcada por la demanda de dólares del sector privado que comienzan a acceder al mercado oficial para hacer pagos al exterior, el ecosistema importador aguarda novedades respecto a la cancelación de deuda y surfea los problemas en el nuevo registro.

Junto con la extensión del plazo para registrar deuda hasta el 24 de enero, este viernes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) introdujo novedades en respuesta a los principales problemas que detectan las empresas al presentar la Declaración Jurada de Deuda por Importaciones (DJDI).

Las novedades se dispusieron en la Resolución 5478 que, principalmente, puso fin al análisis de la Capacidad Económica Financiera (CEF) del contribuyente al momento de la oficialización de la declaración en el Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI).

Además, la normativa puso el foco en la imposibilidad de incluir deuda comercial asociada a operaciones bajo el régimen de Courier así como también los ingresos a zona franca (ZFI) que, ahora, quedaron incluidos.

Aunque en algunos casos permanece el error F24 al intentar cargar operaciones vinculadas a Courier o ZFI los especialistas indican que es "cuestión de tiempo" y de actualización de la plataforma.

También coinciden al señalar que la utilización de un archivo CSV para la carga de datos no es lo más dinámico, sin embargo, entienden que responde a la necesidad de estandarizar los distintos tipos de herramientas, en medio de la urgencia en generar una base para cuantificar la deuda con proveedores del exterior que se estima en u$s 50.000 millones.

Errores y recomendaciones

Mientras la plataforma entra en marcha y algunos errores se subsanan, otros persisten y se vinculan particularmente a la generación de un archivo CSV pese a que tiene la virtud de ser "editable" con múltiples herramientas.

En ese sentido, para evitar errores Eduardo Rotbard, titular de IntegraComext, recomendó utilizar el "Bloc de notas" y destacó que cada fila a declarar debe contener 7 campos obligatorios separados por punto y coma (;). Además, señaló que no deben existir "encabezados" ni filas vacías.

La declaración tampoco debe contener espacios intermedios y la moneda debe expresarse en código SIM mientras que los importes no deben tener separadores en miles (el decimal se expresa con punto).

Por último, el especialista marcó que si se declara un despacho con múltiples monedas se debe realizar la conversión a la moneda de mayor monto utilizando el pase del día de la oficialización.

Como ejemplo indicó que si la operación incluye precio FOB en dólares y flete en euros, a dos proveedores distintos, no se pueden presentar dos filas en la DJDI porque coincide el número de despacho. En estos casos frecuentes, lo correcto es sumar en el monto declarado los dos totales en función del mayor valor.

En caso de que sea necesario anular la Declaración existe un plazo determinado. La norma indica que "la declaración jurada podrá ser anulada y reemplazada por otra, cuando debido a un error involuntario la información no refleje la veracidad de los datos, dentro del plazo de TRES (3) días a contar desde su registro".

"Es importante prestar mucha atención y revisar las operaciones cargadas para detectar errores de manera temprana y evitar que no podamos corregirlos", planteo la consultora Yanina Lojo.

Por último, recordó que la Resolución 5466 no dispone de una sanción por la no carga de la DJDI ni el empadronamiento.

En ese sentido, el texto expresa que quienes -teniendo pasivos comerciales por importaciones - no efectúen la correspondiente declaración en el "Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior" en tiempo y forma, o bien, falseen o adulteren la información allí vertida, "no podrán acceder a los mecanismos que por la presente se disponen, quedando su deuda sujeta a una ulterior evaluación, una vez regularizada la situación".

Temas relacionados
Más noticias de deuda importadores
Noticias de tu interés

Compartí tus comentarios

¿Querés dejar tu opinión? Registrate para comentar este artículo.