

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció importantes cambios en los montos a partir de los cuales se requerirá justificación para las operaciones financieras.
Estas modificaciones, vigentes desde junio de 2025, buscan flexibilizar las transacciones y formalizar ahorros. Sin embargo, es clave conocer los nuevos límites para evitar inconvenientes y posibles embargos.
El organismo fiscal informó qué ocurrirá con los usuarios que superen estos nuevos topes de transacciones si no pueden justificar los montos que operan en sus cuentas.
¿Cuáles son los límites que determinó ARCA para operaciones?
En línea con el "Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos", que busca incentivar el uso de los "dólares bajo el colchón", las autoridades del Ministerio de Economía, ARCA y el BCRA anunciaron un aumento significativo en los umbrales de reporte.
A partir de junio de 2025, los umbrales se establecerán de la siguiente manera:
- Transferencias o acreditaciones: el límite pasa de $ 2.000.000 a $ 50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.
- Pagos: el límite aumenta de $ 1.000.000 a $ 50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.
- Extracción de dinero en efectivo: el umbral se eleva a $ 10.000.000 para personas físicas y jurídicas. Antes se informaba desde cualquier monto.
- Saldos bancarios a último día del mes: pasan de los $ 1.000.000 actuales a $ 50.000.000 para personas físicas y $ 30.000.000 para jurídicas
- Plazos fijos: se elevan de $ 1.000.000 a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas
- Compras de consumidor final: antes se informaban a partir de $ 250.000 en efectivo y $ 400.000 en otros medios, ahora pasan a $ 10.000.000 en ambos casos

¿Qué sucede si superás el límite y no se puede justificar?
Las personas que excedan estos nuevos topesdeberán poder justificarlos frente al ARCA en caso de que se emita una alerta y se les exija una presentación.
El organismo fiscal contó qué deben hacer los aportantes que realicen un "incumplimiento" y cuál será el proceso que enfrentarán. Estas son las etapas:
- Presentación e intimaciones: si se supera el tope y hay una incompatibilidad, se deberá presentar Declaración Jurada o realizar el pago correspondiente. De no hacerlo, el organismo podría generar una intimación al domicilio fiscal o real.
- Boleta de deuda o sumario: luego de 15 días para presentaciones o 48 horas en caso de falta de pago, se genera una boleta de deuda o se inicia un sumario.
- Intimación y ejecución: si hay una multa o falta, deberás resolver la situación o pagar. Existen "excepciones" en 5 días hábiles para evitar un juicio judicial, como el pago total de la deuda, la prescripción, la adhesión a un plan de pagos, o argumentar defectos en la Boleta de Deuda.
- Juicio fiscal: si las excepciones no se aplican o no se resuelven, el organismo fiscal puede iniciar un juicio fiscal. Este juicio tiene tres etapas: la demanda, la ejecución de la sentencia y la presentación de los contribuyentes
- Embargo: si el caso llega a juicio y hay un fallo en contra, la Justicia podría embargar las cuentas del procesado. La traba del embargo se debe a un requerimiento de pago iniciado por ARCA en instancia judicial.
¿Cuáles son los errores comunes que pueden generar investigaciones?
Para evitar ser investigado por ARCA, es fundamental no cometer ciertos errores:
- Transferir montos que excedan el nuevo tope permitido sin justificación.
- Exceder el monto máximo sin contar con respaldos de ingresos previamente declarados.
- No poder justificar los fondos en cuentas bancarias o billeteras virtuales; las operaciones siempre deben estar respaldadas, incluso entre cuentas propias.
- No responder a las solicitudes de documentación del banco o billetera virtual, ya que esto puede derivar en un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
Tanto bancos como billeteras virtuales están obligados a reportar movimientos sospechosos a la UIF. Si se reciben grandes sumas, ARCA se puede solicitar justificativos del origen de los fondos.
De no poder justificarlos, las transferencias podrían ser rechazadas, los saldos congelados y las cuentas bloqueadas. ARCA también puede iniciar una intimación para declarar el origen de los fondos.
¿Qué documentación podría solicitar ARCA?
En caso de una investigación, ARCA puede requerir diversa documentación para justificar el origen de los fondos:
- Boletas de compra y venta.
- Documentos que justifiquen la venta de acciones o una empresa.
- Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
- Facturación de los últimos meses.
- Constancia del monotributo.
- Certificado de fondos emitido por un contador público













