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El Gobierno nacional fijó un nuevo esquema para calcular el subsidio de la tarifa social de la SUBE: el descuento actual dejará de aplicarse sobre el valor del boleto vigente para pasar a calcularse sobre una tarifa de referencia definida por el Estado.
Así, el beneficio dejará de ajustarse automáticamente cada vez que aumenten los colectivos y trenes.
La medida, oficializada mediante la Resolución 40/2026, publicada en el Boletín Oficial este miércoles, mantiene el beneficio vigente al establecer que los usuarios alcanzados “abonarán una tarifa con un descuento del cincuenta y cinco por ciento (55 %)”, pero introduce un cambio central en el modo de cálculo del subsidio.
El fin de los aumentos automáticos en el subsidio
Hasta la fecha, el beneficio del 55% de descuento para jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones sociales se aplicaba directamente sobre el valor del cuadro tarifario vigente en cada jurisdicción.
Esto implicaba que, cada vez que un municipio o provincia aumentaba el boleto, el gasto del Estado Nacional en subsidios subía de forma automática e “imprevisible”.
Debido a esto, la Dirección Nacional de Gestión de Fondos Fiduciarios advirtió que la “marcada dispersión tarifaria” y las actualizaciones “asimétricas” en el territorio nacional impactaban directamente en el Fideicomiso que nutre al transporte.
Pero, ahora, la nueva normativa del Gobierno busca “dotar de mayor previsibilidad” al sistema. Por esta razón, el descuento del 55% se reconocerá únicamente hasta el monto resultante de aplicar ese porcentaje sobre una “tarifa de referencia” predeterminada.
En consecuencia, si una jurisdicción decide aumentar el pasaje por encima de ese valor, la diferencia no será cubierta por el subsidio nacional.
La medida también aclara que no se modifica el universo de beneficiarios ni el porcentaje del descuento, sino el parámetro de cálculo.
¿Cuáles son los valores de referencia?
Frente a los cambios, la resolución definió los nuevos parámetros para fijar los topes de subsidio:
- Jurisdicciones del interior: se considerarán como referencia los cuadros tarifarios vigentes al 30 de junio de 2026, siempre que hayan sido comunicados oficialmente a la CNRT.
- Jurisdicción Nacional (AMBA y trenes): la base de cálculo serán las tarifas aprobadas en mayo de este año mediante la Resolución 27/2026.
- Vigencia: estos valores de referencia rigen desde el 1° de julio de 2026 y se mantendrán congelados hasta que la Secretaría de Transporte decida actualizarlos.