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El Gobierno reglamentó nuevos beneficios para el programa Puente al Empleo, una iniciativa que otorga reducciones impositivas a las empresas que se adhieran y contraten a titulares de asignaciones sociales.
Lo hizo a través de la Resolución General Conjunta 5751/2025 de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), publicada en el Boletín Oficial. Las disposiciones entraron este lunes.
El programa, que fue prorrogado por la administración de Javier Mileihasta el 31 de diciembre de 2026 (Decreto 1085/2024), tiene como objetivo transformar los programas sociales, educativos y de empleo en trabajo registrado de calidad, como así también promover la inclusión social plena de las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y económica.
De esta manera, el documento señala que los empleadores del sector privado que hayan contratado o contraten nuevos trabajadores incluidos en los programas sociales, educativos o de empleo dentro del período comprendido entre el 1 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2026, podrán acceder a una reducción de las contribuciones patronales (SIPA, INSSJP, FNE, RNAF) del 50% o 100%, según la modalidad de contratación y por un plazo máximo de 12 meses.
Al mismo tiempo, el artículo 2° deja en claro quienes "quedarán excluidos de los beneficios establecidos por el Decreto Nº 551 del 29 de agosto de 2022 y su complementario". Entre ellos, se encuentran:
- Quienes no hubieren incrementado la nómina de trabajadores declarados en los términos establecidos en el artículo 2° de la Resolución Conjunta N° 1/25 del Ministerio de Capital Humano y Ministerio de Economía.
- Quienes se encontraren incorporados en el "Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales" (REPSAL), durante el período en que permanezcan en él.
- Quienes hayan incurrido en prácticas de uso abusivo (sustituciones de personal bajo cualquier figura, o el cese como empleador y la constitución de una nueva figura como tal) de los beneficios establecidos por el mencionado decreto.

"Los empleadores adheridos al programa Puente al Empleo, creado por el Decreto N° 551/22, no podrán hacer uso de los beneficios previstos en los artículos 3° y 4° del mencionado decreto, con relación a los trabajadores que, al momento de ser contratados, contaren con un trabajo registrado en relación de dependencia en el Sistema Único de la Seguridad Social", precisa el artículo 3°.
Y prosigue: "Cada empleador podrá hacer uso de los beneficios previstos en los artículos 3° y 4° del citado decreto una única vez por trabajador".
Por último, un fragmento del artículo 11° subraya que "los empleadores que contrataron nuevos trabajadores en el marco del programa Puente al Empleo en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2024 y el día de entrada en vigencia de la presente, deberán presentar las correspondientes declaraciones juradas rectificativas a partir del 1 de septiembre y hasta el 30 de noviembre de 2025".
Qué es el programa Puente al Empleo
El programa "Puente al Empleo" fue creado en 2022, cuando Sergio Massa era ministro de Economía, y puesto en marcha el 1° de octubre de ese año con una duración de 24 meses.
Esta iniciativa establece que los empleadores del sector privado que se adhieran al programa y que contraten nuevas personas trabajadoras que participen en programas sociales, educativos o de empleo, podrán acceder a una reducción de las contribuciones patronales en los siguientes sistemas:
- Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA);
- Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados;
- Fondo Nacional de Empleo;
- Régimen de Asignaciones Familiares.
Asimismo, la reducción se aplicará por un plazo de doce meses contados a partir del inicio de la relación laboral, conforme los términos y las condiciones establecidas en la propia norma y sus complementarias.
Programas y planes sociales compatibles
- Programa de Inserción Laboral.
- Programa Acompañar.
- Programa Potenciar Trabajo.
- Programa Jóvenes y Mipymes.
- Programa Fomentar Empleo.














