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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) inició una fiscalización sobre un grupo de monotributistas tras detectar que sus movimientos en billeteras virtuales no coinciden con la categoría declarada.

“A todos nos está llegando de algún cliente al que pretenden recategorizar de oficio porque tienen en Mercado Pago más ingresos que la categoría. ARCA no considera préstamos, venta de un automóvil o cualquier otro ingreso que pudiera haber. Te recategoriza antes de preguntar”, advirtió el contador Alejandro Rosenfeld en su cuenta de X.

Tras el cierre del período de recategorización semestral, cuya fecha límite fue el 5 de febrero, el organismo activó los controles sistémicos para identificar a aquellos contribuyentes que no se recategorizaron o lo hicieron de forma inexacta.

El fisco puede iniciar este proceso si detecta compras, gastos o acreditaciones bancarias por un valor superior a los ingresos brutos anuales máximos para una determinada categoría. En estos casos, la notificación se envía directamente al Domicilio Fiscal Electrónico.

Hemos detectado que la categoría que reviste actualmente resulta inexacta, por lo que se procederá a recategorizarlo de oficio, en los términos del Inc. “C” del Art. 26 de la ley 24.977 sus modificaciones y complementarias y el Artículo 22 de la Resolución General 4309/2018 (AFIP) sus modificaciones y complementarias", señala un fragmento de una notificación difundida por el contador Javier Carmona.

Particularmente, estas recategorizaciones responden a movimientos detectados en “plataformas de gestión electrónica o digital”. Aun así, el contribuyente “podrá apelar la decisión dentro de los 15 días hábiles posteriores a la presente notificación”.

Para ello, se debe ingresar al sitio web del organismo —con clave fiscal— y utilizar el servicio “Presentaciones Digitales”, seleccionando el trámite “Recategorización de oficio del Monotributo - Apelación en término”.

Notificación ARCA (Fuente: Javier Carmona/X)

Recategorización de oficio: la explicación de ARCA y el riesgo que corren los monotributistas

Desde ARCA sostienen que estas notificaciones no constituyen necesariamente una recategorización de oficio, sino que responden a un proceso de control habitual. Según las fuentes consultadas, solo se notificó a los monotributistas que operan con QR, tarjetas de crédito o débito, quienes deberán rectificar sus declaraciones en caso de ser necesario.

La notificación busca que los pequeños contribuyentes corrijan la diferencia entre lo facturado y lo declarado. Desde el organismo aclararon, además, que no se contabilizan las transferencias, ya que, por cambios reglamentarios, no se enviarán notificaciones hasta que no se supere el monto de $ 50 millones.

Cabe recordar que, a partir de mayo de 2025, las plataformas digitales tienen la obligación de reportar operaciones una vez que superen los $ 50 millones en el caso de las personas humanas. La modificación se produjo en el marco del “Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos”, un operativo de “seducción” que inició el Gobierno en busca de que los argentinos vuelquen sus ahorros no declarados —dólares del colchón— en la economía formal.

Este nuevo límite representa un salto significativo respecto a los parámetros anteriores, cuando los topes para informar ingresos o egresos eran de apenas $ 400.000, y el saldo mensual máximo permitido era de $ 700.000.

El incremento de los umbrales para personas físicas contrasta con una disposición que el fisco introdujo a fines de diciembre de 2025, dado que, desde mayo de 2026, dejarán de analizarse por cuenta individual y pasarán a evaluarse por la totalidad de las cuentas del mismo titular.

Por lo tanto, en caso de no presentar un reclamo dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación, los monotributistas migrarán a una categoría superior o, en su defecto, serán excluidos del régimen.

“La recategorización de oficio producirá efectos, respecto de cada semestre calendario (enero/junio y julio/diciembre), a partir de los períodos devengados agosto y febrero y las obligaciones de pago resultantes serán de aplicación a partir de dichos períodos y, respectivamente, hasta los períodos devengados enero y julio, inclusive”, precisaron desde ARCA.

En cuanto a la “exclusión de oficio”, el organismo pone la lupa sobre operaciones que no se encuentran respaldadas "por las respectivas facturas o documentos equivalentes correspondientes a las compras, locaciones o prestaciones aplicadas a la actividad, o a sus ventas, locaciones, prestaciones de servicios y/o ejecución de obras”.

ARCA una fiscalización sobre un grupo de monotributistas tras detectar que sus movimientos en billeteras virtuales no coinciden con la categoría declarada

Para evitar la recategorización o exclusión de oficio, los contribuyentes deben presentar pruebas concretas ante el fisco. “Lo que puede ocurrir es que se trate de transferencias entre cuentas propias, por ejemplo, de una cuenta bancaria a una billetera virtual. También es posible que el contribuyente haya recibido una donación o haya tomado un préstamo que luego acreditó en la billetera. Todos estos son conceptos que pueden demostrarse como ajenos a operaciones de venta”, explicó Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios.

El recurso de apelación puede incluir —según el caso— los ingresos o los montos acreditados en billeteras virtuales. “Si no están vinculados a la actividad, la recategorización no procede, ya que los importes no superan los límites establecidos”, explicó el contador Marcos Felice.

En caso de que el contribuyente no demuestre la improcedencia de la recategorización o exclusión, ARCA hará efectiva la decisión adoptada.

Monotributo: presentan un proyecto para suspender provisoriamente la recategorización de oficio

Frente a este escenario, el diputado por la provincia de Entre Ríos (Fuerza Patria) y exdirector de Aduanas, Guillermo Michel, presentó un proyecto de ley para suspender por el plazo de 180 días las facultades de la ARCA para efectuar recategorizaciones de oficio a monotributistas.

“En un contexto de crisis profunda producto de decisiones de este gobierno nacional, que tiene como consecuencia la caída de ventas, volatilidad de precio, los parámetros objetivos del régimen de facturación, pago de alquileres y pago de servicios, pueden no reflejar capacidad contributiva real, ya que la inflación no produce una mejora real con un aumento nominal de facturación, las variaciones generan un desfasaje de períodos y la retracción del consumo genera irregularidades en los ingresos”, argumenta el texto, que también lleva la firma de Victoria Tolosa Paz, Sebastián Galmarini y Nicolás Massot, entre otros.

La petición de los legisladores se sustenta en dos aspectos clave. Por un lado, sostienen que la medida permitirá “cuidar la economía de los efectores autónomos” y evitar que se genere un “desvarío económico” en los proyectos y procesos laborales, emprendimientos y/o actividades profesionales de los contribuyentes.

Asimismo, resaltan que la decisión contribuiría a prevenir la informalidad derivada de la incapacidad de pago de las obligaciones ante el aumento de las categorías.