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La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA), en conjunto con el Instituto de Previsión Social (IPS) y municipios de toda la provincia, arrancó un operativo destinado a facilitar exenciones impositivas a jubilados y pensionados que registran deudas en el Impuesto Inmobiliario.
Según datos oficiales, hay alrededor de 17.000 personas con beneficios previsionales que acumulan $798 millones en deudas en el tributo inmobiliario y que podrían acceder a exenciones.
ARBA: ¿quiénes pueden beneficiarse de la condonación de deudas?
El esquema impulsado por ARBA contempla a contribuyentes que cumplan los siguientes requisitos:
- Ingresos familiares de hasta dos haberes mínimos.
- Titulares de una única propiedad con valuación fiscal que no supere los $6 millones.
- Que no estén registrados en el impuesto a los Ingresos Brutos.
En ese sentido, el director de ARBA, Cristian Girard, explicó: “Estamos trabajando para simplificar trámites y garantizar que quienes tienen derecho a una exención puedan acceder sin obstáculos. Es fundamental acompañar a un sector que históricamente ha demostrado un alto compromiso con el cumplimiento tributario”.
Operativos casa por casa para socializar la medida
Con el objetivo de brindar la información de manera directa a los jubilados, el organismo impulsará operativos casa por casa y jornadas especiales de atención para gestionar de forma simple la exención.
Por otro lado, ARBA solicitará formalmente a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) una nómina de jubilados y pensionados con domicilio en la provincia de Buenos Aires, para analizar su situación fiscal e identificar a quiénes podrían acceder a la exención y probablemente lo desconozcan.
¿Quiénes pueden dejar de pagar el Impuesto Inmobiliario en 2026?
El beneficio no es automático, sino que requiere una validación de datos. Según la normativa vigente, la exención alcanza a:
- Titulares de vivienda única: jubilados, pensionados o sus cónyuges/convivientes que posean una sola propiedad destinada exclusivamente a vivienda familiar.
- Tope de ingresos: el ingreso bruto mensual del grupo familiar no debe superar el equivalente a dos haberes mínimos.
- Límite patrimonial: la valuación fiscal del inmueble debe estar dentro de los márgenes de la Ley Impositiva actual (como referencia, el tope fue de $ 6.000.000 en ejercicios anteriores).
- Vinculación fiscal: es indispensable que la partida inmobiliaria esté asociada a la CUIT/CUIL/CDI del solicitante.
¿Qué documentos hay que tener a mano?
Antes de iniciar la gestión digital, es necesario contar con:
- DNI (o pasaporte en caso de extranjeros).
- Comprobante de haberes: Último recibo de ANSES, IPS o Caja Profesional (si percibe jubilación y pensión por fallecimiento del cónyuge, presentar ambos).
- Formulario CF05: Se genera al finalizar la carga web.
¿Cómo tramitar la exención en ARBA?
El proceso se inicia de manera online, pero requiere un cierre presencial para validar la documentación original.
- Ingreso al portal: entrar a la web oficial de ARBA, hacer clic en “Iniciar trámite” e identificarse con CUIT y Clave CIT.
- Configuración del beneficio: en el menú “Alta de trámite”, elegir “Código Fiscal Inmobiliario”.
- Selección de categoría: en el apartado de “Tipo de Exención”, marcar la opción “Art. 177 Jubilados y/o Pensionados”.
- Carga de datos: completar la información del domicilio fiscal y los datos del impuesto. Al finalizar, el sistema permitirá imprimir el Formulario de Solicitud de Exención (CF05).
- Cierre presencial: el sistema asignará un Centro de Servicio Local y una fecha límite de presentación. Se recomienda solicitar un turno previo desde la misma plataforma.