La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) estableció el calendario para que las personas naturales obligadas a presentar la declaración de renta correspondiente al año gravable 2025 cumplan con este trámite durante 2026. Los vencimientos comenzaron el 12 de agosto y se extenderán hasta el 26 de octubre, según los dos últimos dígitos de la cédula o del NIT.
Más de siete millones de contribuyentes están llamados a reportar sus ingresos, gastos, patrimonio, consumos y movimientos financieros realizados durante 2025. Para determinar quiénes deben presentar la declaración, la DIAN fijó una serie de topes relacionados con los ingresos recibidos, el patrimonio, las compras, los consumos con tarjeta de crédito y las consignaciones bancarias.
Uno de los principales criterios es haber registrado ingresos brutos superiores a $69.718.600 durante 2025, cifra equivalente a 1400 UVT. Sin embargo, superar ese monto no es el único requisito ya que basta con cumplir una de las condiciones establecidas por la autoridad tributaria para quedar obligado a declarar, incluso cuando la declaración finalmente no arroje un impuesto a pagar.
¿Quiénes deben presentar el tramite de declaración de renta ante la DIAN?
Para la declaración de renta correspondiente al año gravable 2025, las personas naturales deben revisar si durante ese año superaron alguno de los topes establecidos por la DIAN. En el caso de los ingresos, el límite quedó fijado en $69.718.600, equivalente a 1400 UVT de 2025.
Esto significa que quienes hayan recibido ingresos brutos superiores a ese monto durante todo 2025 están obligados a presentar la declaración. Como referencia, una persona que haya tenido ingresos promedio de aproximadamente $5.809.833 mensuales durante los 12 meses del año superaría ese límite.
El ingreso no es, sin embargo, el único factor que determina la obligación ya que también deben declarar quienes hayan tenido un patrimonio bruto igual o superior a $224.095.500 al 31 de diciembre de 2025, hayan realizado consumos o compras por $69.718.600 o más, o hayan acumulado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por ese mismo valor.
Además, deben cumplir con la declaración las personas naturales que hayan sido responsables del impuesto sobre las ventas (IVA) al 31 de diciembre de 2025.
¿Cuándo vence el plazo para presentar la declaración de renta en 2026?
El calendario de la DIAN establece los vencimientos de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT o de la cédula de ciudadanía. Las fechas comenzaron el 12 de agosto y el cronograma general se extiende hasta el 26 de octubre de 2026.
Por este motivo, los contribuyentes deben consultar el calendario oficial para identificar el día exacto que les corresponde. La fecha indicada representa el último día para cumplir con la obligación, por lo que la DIAN recomienda realizar el trámite con anticipación para evitar inconvenientes o sanciones.
¿Quiénes tienen un plazo especial para declarar renta en 2026?
Existe una excepción para determinadas personas naturales afectadas por el terremoto ocurrido el 10 de agosto de 2026. El Decreto 1226 del 18 de agosto estableció un calendario especial para contribuyentes con domicilio fiscal en municipios de las jurisdicciones de:
- Cali.
- Palmira.
- Tuluá y Buenaventura, en Valle del Cauca.
- Pereira, en Risaralda.
- Armenia, en Quindío.
- Manizales, en Caldas.
- Quibdó, en Chocó.
- Popayán, en Cauca.
Para estos contribuyentes, algunos vencimientos que originalmente correspondían a agosto fueron trasladados a octubre y noviembre, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT.
¿Qué multa hay que pagar por presentar la declaración de renta fuera de plazo?
Presentar la declaración después de la fecha establecida puede generar una sanción por extemporaneidad. Según la información suministrada, esta corresponde al 5 % del impuesto a cargo y aumenta por cada mes o fracción de mes de retraso.
Incluso cuando la declaración arroja un saldo de $0, el incumplimiento puede generar una sanción mínima. Para 2026, el monto señalado es de $524.000, por lo que presentar la declaración un día después del vencimiento puede generar este pago.
¿Qué pasa si la declaración tiene errores o no se presenta?
En caso de que la DIAN notifique al contribuyente por no haber presentado la declaración, se establece un plazo para cumplir con la obligación. Si tampoco se atiende ese requerimiento, la sanción puede incrementarse.
También existen sanciones cuando es necesario corregir una declaración. Para determinadas correcciones, la penalidad corresponde al 10 % del mayor valor a pagar o del menor saldo a favor. Los errores pueden incluir equivocaciones aritméticas u otras inconsistencias en la información presentada.
Por otra parte, la omisión de activos o la inclusión de pasivos inexistentes puede generar consecuencias tributarias y penales, de acuerdo con la gravedad de la conducta y las normas aplicables