

Miles de contribuyentes en Colombia descubren cada año que tienen saldos a favor ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), ya sea por retenciones superiores al impuesto real, pagos de IVA o declaraciones tributarias. Frente a este escenario, una de las dudas más frecuentes es si conviene solicitar la devolución del dinero o dejar esos recursos acumulados para evitar revisiones de la autoridad tributaria.
Según información publicada por El Tiempo a través de declaraciones de especialistas en impuestos, pedir la devolución no representa automáticamente un riesgo de auditoría, siempre que las cifras estén correctamente soportadas y coincidan con la información reportada ante la DIAN. Los problemas suelen aparecer cuando existen inconsistencias documentales, errores formales o datos desactualizados.

¿Qué significa tener un saldo a favor ante la DIAN?
El saldo a favor aparece cuando un contribuyente pagó más impuestos de los que realmente debía cancelar o cuando las retenciones practicadas superan el valor final de la obligación tributaria. Esto ocurre con frecuencia en:
- Declaraciones de renta.
- Pagos de IVA.
- Retenciones en la fuente.
- Obligaciones tributarias empresariales.
En esos casos, el contribuyente puede optar por solicitar la devolución del dinero o utilizarlo posteriormente para compensar futuras deudas fiscales.
Reclamar el saldo a favor no implica automáticamente quedar bajo sospecha
Uno de los principales temores entre personas y empresas es que pedir la devolución active automáticamente una fiscalización profunda por parte de la DIAN. Sin embargo, expertos tributarios explican que la entidad realiza validaciones normales y cruces de información como parte habitual del proceso.
La especialista Olga Tapias, socia de impuestos de Russell Bedford Bogotá, señaló que lo importante es poder demostrar el origen de los recursos y contar con soportes consistentes que coincidan con los registros tributarios y financieros.
Qué errores pueden frenar o demorar la devolución
Entre las situaciones que más complicaciones generan aparecen:
- RUT desactualizado.
- Certificaciones bancarias incorrectas.
- Facturas inconsistentes.
- Firma electrónica vencida.
- Información distinta entre la DIAN y la Cámara de Comercio.
Los especialistas recomiendan revisar que el saldo figure correctamente en la declaración, verificar que no haya sido utilizado previamente y confirmar que el trámite se presente dentro del plazo legal de dos años posteriores al vencimiento de la declaración.
En el caso de trabajadores independientes, empleados y pensionados, los certificados de retención son fundamentales para soportar la solicitud. Para empresas y responsables de IVA, las facturas electrónicas deben demostrar operaciones reales y coherentes con la actividad económica declarada.
Devolución o compensación: cuál es la diferencia
La devolución implica recibir el dinero directamente en una cuenta bancaria autorizada, mientras que la compensación consiste en utilizar ese saldo para pagar otras obligaciones pendientes con la DIAN.

Por esa razón, cuando existen deudas tributarias vigentes, la entidad puede descontar primero esos valores antes de autorizar cualquier giro a favor del contribuyente. Los expertos señalan que muchas empresas optan por compensar para mejorar flujo de caja y simplificar obligaciones futuras.
¿Cuánto tarda la DIAN en responder una solicitud?
Los tiempos varían según el tipo de trámite presentado.
- Devolución automática: cerca de 15 días.
- Solicitudes con garantía: aproximadamente 20 días.
- Procesos ordinarios: hasta 50 días.
La recomendación principal es mantener trazabilidad clara de cada valor reportado, identificando quién practicó la retención, qué documento soporta la operación y en qué declaración quedó registrado el saldo a favor.
Especialistas advierten además que acumular saldos durante años sin reclamarlos también puede generar observaciones posteriores por parte de la autoridad tributaria.












