Los conductores mayores de 65 años en Colombia deben prepararse con antelación para la renovación de su licencia de conducción. La normativa vigente exige que se acredite la aptitud física, mental y de coordinación motriz a través de un examen en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado.
Asimismo, el Ministerio de Transporte establece en la Resolución 217 de 2014 los lineamientos para la emisión de estos certificados de aptitud, así como los aspectos que se evalúan, que incluyen visión, audición, coordinación motriz y condiciones físicas y mentales, entre otros. Esta exigencia es aplicable a todos los conductores, siendo especialmente relevante en edades avanzadas debido a los períodos de validez más cortos.
En caso de que el certificado no esté registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), la autoridad competente no podrá proceder con la renovación del documento. Esta información es corroborada por las guías oficiales de la Alcaldía de Bogotá y la Ventanilla Única de Servicios, que también verifican el cumplimiento del requisito de estar a paz y salvo por infracciones.
Certificado RUNT: esencial para la renovación
Es fundamental tener en cuenta un aspecto operativo que a menudo se ignora: el certificado médico posee una vigencia máxima de 6 meses; si se permite que transcurra este periodo sin completar el trámite, será necesario repetir los exámenes.
Para llevar a cabo la renovación, la entidad de tránsito verifica en el RUNT que usted posea un certificado vigente del examen físico, mental y de coordinación motriz emitido por un CRC y registrado a través del sistema SICOV. En caso de que el certificado no esté cargado o haya expirado, la solicitud será denegada. Asimismo, es imperativo que esté inscrito en el RUNT, presente su documento y no tenga comparendos pendientes (o cuente con un acuerdo de pago).
¿Cada cuánto se renueva después de los 65 años y cuándo es anual?
Servicio particular (A y B):
- Menores de 60 años: cada 10 años.
- Entre 60 y 80 años: cada 5 años.
- Mayores de 80 años: anual.
Servicio público (C):
- Menores de 60 años: cada 3 años.
- Mayores de 60 años: anual.
La vigencia depende del tipo de servicio y de la edad:
No existe una “edad tope” que impida renovar por sí sola; lo determinante es cumplir con la aptitud médica y la periodicidad indicada.
Precio y trámites para la licencia de conducción
- Hágase el examen en un CRC habilitado y confirme que el resultado quedó cargado en el RUNT.
- Pague los derechos del trámite.
- Agende su cita en la Ventanilla Única de Servicios (Bogotá) o en el organismo de tránsito de su ciudad.
- Verifique que no tiene multas pendientes.
¿Qué evalúa el examen médico y cómo afecta la renovación?
La Resolución 217 de 2014 establece el marco técnico para la realización de los exámenes y la posterior emisión del certificado. El CRC verifica que el conductor mantenga condiciones físicas, mentales, sensoriales y de coordinación compatibles con la conducción segura.
En caso de que el resultado no sea apto, el sistema no permitirá la renovación hasta que se cumplan las condiciones que indique el profesional, tales como tratamientos, ayudas ópticas/auditivas u otras medidas.
- Si usted se desempeña en el ámbito del servicio público o ha alcanzado la edad de 80 años, es recomendable que organice la renovación anual.
- Cruce su estado en el RUNT y efectúe el pago de multas, si es necesario, antes de la cita programada.
- Revise la fecha de vencimiento con anticipación y agende el CRC: tenga presente la vigencia de 6 meses del certificado.