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La Alcaldía de Bogotá comenzó la implementación de un nuevo protocolo que modificará las condiciones para quienes desarrollan actividades comerciales en las calles de la ciudad. La medida alcanza, en una primera etapa, a más de 10.000 vendedores informales vinculados a los programas de formalización del Distrito.

La iniciativa forma parte del Decreto 117 de 2026, que busca ordenar el uso del espacio público, establecer nuevas reglas para el aprovechamiento económico de las calles y definir cómo actuarán las autoridades ante ocupaciones no autorizadas.

Cuáles son las nuevas reglas para los vendedores ambulantes en Bogotá

De acuerdo con los lineamientos establecidos por la Alcaldía, los comerciantes deberán cumplir una serie de requisitos para desarrollar sus actividades:

  • Registrarse ante las autoridades competentes.
  • Respetar las zonas autorizadas para la venta.
  • No ocupar espacios públicos prohibidos.
  • Cumplir los horarios y las condiciones fijadas por el Distrito.
  • Participar en los procesos de caracterización y formalización.
  • Acatar las normas de convivencia y movilidad peatonal.

El protocolo también establece responsabilidades para las entidades distritales y determina los procedimientos que deberán seguirse antes de cualquier intervención.

Cómo funcionarán las intervenciones en el espacio público

Uno de los principales cambios contempla que las autoridades deberán priorizar el acompañamiento social antes de recurrir a medidas policivas.

Adiós a los vendedores ambulantes: la Ciudad endurece las normas y las reglas ya no serán las misma en ninguna comuna
Adiós a los vendedores ambulantes: la Ciudad endurece las normas y las reglas ya no serán las misma en ninguna comunaImagen creada con IA

El proceso comenzará con la identificación y caracterización de los vendedores presentes en cada zona. Posteriormente, el Distrito ofrecerá alternativas que incluyen programas de capacitación, asesorías, reubicación y opciones de formalización.

Sin embargo, si las medidas no prosperan o se detecta una ocupación indebida, las autoridades podrán intervenir siguiendo los procedimientos previstos por la normativa vigente.

Qué espacios no podrán ser ocupados

El nuevo protocolo prohíbe la instalación de puestos de venta en lugares considerados esenciales para la movilidad y la seguridad de los ciudadanos.

Entre ellos se encuentran:

  • Hidrantes.
  • Rutas de evacuación.
  • Accesos peatonales.
  • Infraestructura del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP).
  • Zonas destinadas a emergencias.

Cuántos vendedores informales hay en Bogotá

Según datos del Instituto para la Economía Social (IPES), actualmente hay 95.040 vendedores informales caracterizados en Bogotá. Más de la mitad son mujeres y cerca del 33 % corresponde a personas mayores de 60 años.

La administración de Carlos Fernando Galán busca que, mediante capacitaciones y alternativas económicas, miles de comerciantes puedan avanzar hacia la formalización sin afectar su fuente de ingresos.

Desde el Distrito aseguran que el objetivo es encontrar un equilibrio entre el derecho al trabajo y la necesidad de garantizar la movilidad, la seguridad y el uso adecuado del espacio público.