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La Ley de Sucesiones en la Argentina establece ciertas situaciones particulares que pueden modificar a quién le corresponde la herencia y en qué proporción.
Una de las figuras menos reconocidas es aquella que se refiere al matrimonio que se lleva a cabo bajo circunstancias críticas, un escenario que puede resultar en que el cónyuge sobreviviente carezca de derechos sucesorios y de acceso a los bienes del fallecido.
Este contexto genera interrogantes recurrentes y suele presentarse en situaciones delicadas, especialmente cuando el matrimonio se concretó poco tiempo antes del fallecimiento de una de las partes, lo que provoca la necesidad de realizar el reparto de los bienes.
En qué consiste el matrimonio in extremis y en qué casos se utiliza
Se considera matrimonio in extremis cuando una persona fallece dentro de los 30 días posteriores a haberse casado y la causa de la muerte es una enfermedad que ya padecía al momento de la celebración. Además, esa situación debía ser conocida por el otro cónyuge.
La excepción se da cuando la pareja había convivido antes del matrimonio. Si se acredita una convivencia previa, el viudo o la viuda sí puede acceder a los derechos sucesorios que le corresponden según el orden legal.
En estos casos, la ley presume que el vínculo no generó un verdadero proyecto de vida en común. Por ese motivo, el cónyuge sobreviviente no es considerado heredero, salvo que exista un antecedente clave.

Cuánto hereda el cónyuge según cada situación familiar
Cuando no se trata de un matrimonio in extremis, el derecho del cónyuge a la herencia varía según quiénes sean los otros herederos.
Si no hay hijos pero sí padres u otros ascendientes, al cónyuge le corresponde la mitad de la herencia. En cambio, si no existen descendientes ni ascendientes, el cónyuge hereda la totalidad de los bienes.
Si hay hijos, el cónyuge hereda una parte igual a la de cada descendiente. Sin embargo, no participa en la herencia de los bienes gananciales del fallecido, ya que conserva su propia mitad de esos bienes, pero no recibe nada de la otra mitad.
En el matrimonio in extremis, estas reglas no se aplican si no hubo convivencia previa, lo que deja al viudo fuera de la sucesión.
Ley de Sucesiones: quién recibe la herencia por más que no figure en el testamento
La sucesión testamentaria tiene lugar cuando una persona redige un testamento que determina la distribución de sus bienes. No obstante, la legislación protege a ciertos herederos denominados legítimos, que incluyen hijos, padres y cónyuge.
Estos herederos no pueden ser excluidos de manera absoluta a través de un testamento. En este sentido, la Ley de Sucesiones establece que existe una porción mínima de la herencia que permanece siempre “reservada”.
De tal forma, las proporciones son precisas y se distribuyen de la siguiente manera:
- Los descendientes tienen derecho a dos tercios del patrimonio.
- Los ascendientes a la mitad.
- El cónyuge también a la mitad.
La nueva legislación también incluye un artículo sobre la posibilidad de que los herederos renuncien a su parte de la herencia, facilitando así acuerdos familiares en casos complejos.Se espera que estas modificaciones generen un aumento en los casos de disputas legales, ya que muchos familiares indagarán sobre sus derechos ante los cambios en la ley de sucesiones.
















