

El Departamento de Estado de Estados Unidos exime de entrevista consular a un grupo de solicitantes del Formulario DSP-150, la Border Crossing Card (BCC) que usan los ciudadanos mexicanos para ingresar al país.
La medida rige desde octubre de 2025, tras una actualización publicada en septiembre de ese año que reemplazó los criterios de exención vigentes desde julio. Su objetivo es agilizar los trámites consulares para quienes ya poseían una BCC o visa B1/B2 emitida con validez completa.
¿Quiénes pueden tramitar el DSP-150 sin entrevista?
La dispensa no aplica a cualquier solicitante nuevo, sino a quienes renuevan su Border Crossing Card o su visa B1/B2 dentro de los 12 meses posteriores al vencimiento del documento anterior. El solicitante debe haber tenido 18 años o más al momento de esa emisión previa.
Además, la tarjeta anterior debe haber sido otorgada con validez completa —es decir, sin restricciones—, y el solicitante debe tramitar en su país de nacionalidad o residencia habitual.
Para acceder a la exención, también se exige que el solicitante:
- No haya recibido nunca un rechazo de visa (salvo que haya sido superado o dispensado).
- No presente ninguna causal aparente o potencial de inelegibilidad.
- Los oficiales consulares pueden igualmente citar a entrevista caso por caso, sin importar si se cumplen los requisitos.

¿Qué otros requisitos exige el Formulario DSP-150?
El DSP-150 solo se emite a ciudadanos y residentes de México y funciona simultáneamente como visa B1/B2 y como tarjeta fronteriza. Para solicitarlo por primera vez es obligatorio presentar un pasaporte mexicano vigente y demostrar vínculos que garanticen el regreso al país tras la estadía en Estados Unidos.
La tarjeta tiene una validez de diez años y permite estadías de hasta seis meses por ingreso. Los menores de 15 años pagan una tarifa reducida si uno de sus padres ya posee o tramita una BCC, aunque en ese caso el documento vence al cumplir 15 años.













