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En California, se ha promulgado una nueva ley que amplía las facultades del Gobierno para desalojar a los inquilinos sin previo aviso en circunstancias específicas, permitiendo desalojos masivos y la eliminación de pertenencias si no se respetan ciertos plazos. Esta medida ya se encuentra en vigor y ha comenzado a implementarse en condados estratégicos del estado.
El cambio normativo modifica los procedimientos y acorta los tiempos de respuesta, lo que acelera las operaciones y establece consecuencias definitivas.
El enfoque oficial se centra en los riesgos para la salud y la seguridad, sin embargo, el impacto real recae sobre individuos que residen en viviendas móviles o precarias en el estado.
¿Quiénes pueden ser desalojados en California y cuáles son las causas de los desalojos masivos?
El Gobierno de California tiene la facultad de desalojar sin previo aviso en el caso de casas rodantes que sean consideradas inoperables o abandonadas, cuyo valor sea inferior a u$s 4.000 y que las autoridades consideren un riesgo sanitario o de seguridad.
La norma tiene como objetivo interrumpir el ciclo de compra y reventa informal de casas rodantes deterioradas que volvían a la vía pública tras las subastas, perpetuando situaciones de informalidad. Su aplicación es válida en Los Ángeles y Alameda y se extenderá hasta el 1 de enero de 2030.
En tales circunstancias, se autoriza el retiro del vehículo y, en ausencia de reclamos, su destrucción.
Puntos clave
- Retiro y desecho de casas rodantes inoperables o abandonadas.
- Umbral de valuación: menos de u$s 4.000.
- Vigencia limitada a condados específicos y con fecha de finalización.
Proceso de desalojo: ¿Cómo se llevará a cabo y cuándo se destruirán las pertenencias?
Aunque la ley habilita desalojos masivos en California, establece un procedimiento mínimo previo: las autoridades deben notificar al propietario y respetar plazos obligatorios antes de destruir la vivienda móvil y lo que quede dentro. El objetivo es dar una última oportunidad de reclamo y retiro de pertenencias.
Si no hay reclamo dentro del plazo, la ciudad queda habilitada a proceder con la destrucción. Además, si luego se determina que la casa rodante no era inoperable ni peligrosa, el organismo que ordenó el retiro debe asumir los costos.
Mecanismo del Procedimiento
- Hasta 30 días para reclamar el vehículo y retirar pertenencias.
- Destrucción autorizada si no se presenta reclamo.
- Notificación con al menos 72 horas de anticipación.
Es imperativo que los propietarios de vehículos estén al tanto de los plazos establecidos para la reclamación de sus pertenencias. La falta de acción dentro del período estipulado puede resultar en la pérdida definitiva de los bienes.
Asimismo, se debe considerar que la notificación previa es un requisito esencial que garantiza el derecho a la defensa de los propietarios, permitiéndoles actuar en consecuencia antes de que se tomen decisiones sobre la disposición de sus vehículos.