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Con la reciente aprobación del "gran y hermoso" proyecto de ley propuesto por el actual presidente de Estados Unidos Donald Trump, se oficializó un aumento en los montos máximos del Crédito Tributario por Hijos, habilitando ahora una nueva cifra máxima de USD 2,200 para aquellas familias que cumplan con los requisitos.

Según lo afirma el Servicio de Impuestos Internos (IRS), esta ayuda fiscal tiene como objetivo brindar un beneficio tributario a las familias con hijos calificados.

Si bien la totalidad de este crédito no es reembolsable, la cifra que pueden recibir aquellos contribuyentes sin impuestos adeudados podrá superar los USD 1700 desde 2026, donde el monto será actualizado por inflación según lo indica la nueva normativa vigente.

Los cambios en el Crédito Tributario por Hijos que realizó Donald Trump

La nueva disposición eleva el máximo por hijo elegible de USD 2000 a USD 2200 desde 2026.

Además, conforme a la Sección 70104 "Extensión y Mejora del Incremento al Crédito Fiscal por Hijos" no sólo será necesario que el hijo calificado cuente con un Número del Seguro Social (SSN) sino que también al menos uno de los contribuyentes que reclaman el crédito dispongan de este documento.

Para calificar, se mantiene la regla de que tanto padres como tutores deben ganar como máximo USD 200,000 o USD 400,000 si presentan de manera conjunta para obtener el crédito en su totalidad. Cuando estos umbrales se excedan, habrá reducciones en el beneficio.

Es importante destacar que estos cambios no amplifican los criterios de elegibilidad, por lo que beneficiará a quienes califiquen para el monto máximo.

Otros requisitos que deben cumplirse para acceder a este dinero

De acuerdo con lo detallado por las autoridades, es necesario que un hijo calificable cumpla con los siguientes requisitos

  • Tener menos de 17 años al finalizar el año tributario
  • Ser de quien reclama la hija, hijo, hijastro, hermano, hermana, hermanastro, hermanastra, medio hermano, media hermana o descendiente de uno de estos
  • Que el niño no pague más de la mitad de su propio sustento
  • Haber vivido con el solicitante durante más de la mitad del año tributario
  • Ser reclamado como dependiente en la declaración
  • Ser estadounidense, naturalizado estadounidense o residente de Estados Unidos.
  • Tener un número SSN válido para el empleo

Quienes deseen conocer si son elegibles para reclamar este beneficio fiscal podrán hacerlo clicando aquí.