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El Gobierno de Estados Unidos confirmó que el Servicio de Impuestos Internos (IRS) puede realizar visitas domiciliarias a contribuyentes que acumulan deudas fiscales durante largos períodos sin resolver.

Estas inspecciones forman parte del proceso de cobro forzoso y se activan cuando una persona no presentó declaraciones, ignoró avisos oficiales o incumplió acuerdos de pago.

IRS visitará hogar por hogar a todas estas personas

El IRS puede avanzar con visitas presenciales por parte de sus agentes en las siguientes situaciones:

  • La deuda lleva meses o años sin resolverse
  • El contribuyente no responde a comunicaciones oficiales
  • Se incumplen planes de pago
  • Existen indicios de ocultamiento de ingresos o bienes
  • Se requiere verificación directa de información financiera

Si el contribuyente continúa sin actuar tras la visita, el IRS puede embargar cuentas bancarias, salarios y bienes.

El IRS puede realizar visitas domiciliarias a todos los que mantengan deudas tributarias sin saldar. Fuente: Archivo.

¿Las visitas son automáticas?

El IRS no envía agentes a los domicilios como primer paso. Antes de llegar a una visita presencial, normalmente ocurre este proceso:

  1. Cartas y avisos por correo informando la deuda o la falta de declaraciones
  2. Notificaciones finales de intención de cobro o embargo
  3. Oportunidad para pagar, apelar o negociar
  4. Recién si el contribuyente no responde durante un período prolongado, el caso puede ser asignado a un funcionario fiscal, que es quien puede realizar una visita domiciliaria