

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) de Estados Unidos advierte en su sitio web oficial a quienes reciban beneficios por jubilación del Seguro Social y tengan una situación tributaria irregular sobre las penalizaciones que pueden aplicarse cuando no se responden los avisos de cobro.
El castigo máximo cuando no puede resolverse la deuda y no se demuestra intención de saldar el pendiente es el embargo, es decir, la incautación legal de un porcentaje de los pagos mensuales de la prestación que se destinan a saldar la deuda.

El aviso que envía IRS antes de embargar la jubilación del Seguro Social
"Si recibe una factura del IRS con el título, Aviso Final de la Intención de Embargo y su Derecho a una Audiencia, (Final Notice of Intent to Levy and Notice of Your Right to A Hearing en inglés), comuníquese con nosotros de inmediato", señala la agencia federal.
Desde el momento en el que se entrega esta notificación, el contribuyente tiene 30 días para realizar arreglos con el IRS para saldar la deuda tributaria antes de que se aplique el embargo.
Qué sucede cuando IRS decide embargar la jubilación de un contribuyente
Desde febrero de 2002, cuando se aplica un embargo sobre la jubilación del Seguro Social, IRS puede retener mensualmente un 15% de los beneficios hasta que se salda la deuda o se libera el embargo.
"Si no puede pagar lo que adeuda, debe pagar todo lo que pueda por el momento y trabajar con el IRS para resolver el saldo pendiente. La clave es ser proactivo, así que ¡no ignore los avisos de cobro del IRS!", indica el organismo gubernamental como recomendación para prevenir esta sanción.

Motivos por los que IRS podría liberar la jubilación de estas personas
El organismo señala que este embargo se impone una sola vez y perdura hasta que se resuelve el pendiente. No obstante, en las siguientes situaciones puede liberarse
- Se pagó la cantidad adeudada
- El período de cobro terminó antes de que se emita el embargo
- La liberación del embargo lo ayuda a pagar los impuestos
- Se firma un Plan de Pagos a Plazos y las condiciones del acuerdo no permiten que el embargo prosiga
- El embargo le crea al contribuyente una dificultad económica, lo que significa que se determinó que el embargo le impide cumplir con los gastos básicos y razonables de vida o
- El valor de la propiedad es mayor que la cantidad adeudada y liberar el embargo no dificulta la capacidad de cobrar











