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El Crédito Tributario por Ingreso de Trabajo (EITC) es un beneficio fiscal otorgado por el Servicio de Impuestos Internos (IRS) a todos los contribuyentes que cumplan con los requisitos.

Aunque los montos varían según la cantidad de hijos, también pueden aplicar quienes no cuentan con ninguno calificado. Es un crédito 100% reembolsable, a diferencia de otros beneficios que otorga el IRS.

IRS otorga 4,213 dólares y los deposita en estas cuentas bancarias: ¿Qué requisitos se deben cumplir para reclamar este crédito fiscal?

Quienes quieran reclamar este beneficio deben cumplir con una serie de requisitos:

  • Tener ingresos de trabajo por:
    • Empleo.
    • Negocio propio.
    • Honorarios por prestación de servicios.
  • Ser ciudadano estadounidense o residente legal.
  • Contar con un Número de Seguro Social (SSN).
  • Si se cuenta con hijos, deben calificar con los requisitos de elegibilidad.
  • En caso de no tener hijos, tener entre 25 y 64 años.
El Crédito Tributario por Ingreso de Trabajo (EITC) es un beneficio fiscal otorgado por el Servicio de Impuestos Internos (IRS) a todos los contribuyentes que cumplan con los requisitos.
El Crédito Tributario por Ingreso de Trabajo (EITC) es un beneficio fiscal otorgado por el Servicio de Impuestos Internos (IRS) a todos los contribuyentes que cumplan con los requisitos.EFE y Freepik | El Cronista USA

¿Cuáles son los montos que se pueden reclamar?

Los montos varían en función de la cantidad de hijos elegibles que se declaren. Los valores para el año fiscal 2026 son:

  • Sin hijos: $664.
  • Con 1 hijo: $4.427.
  • Con 2 hijos: $7.316.
  • Con 3 o más hijos: $8.231.

¿Cuáles son los topes de ingreso para poder reclamar este crédito fiscal?

Los topes de ingreso también varían según la cantidad de hijos:

  • Sin hijos:
    • Soltero, jefe de familia o casado que declara por separado: $19,104.
    • Casado que declara conjuntamente: $26,214.
  • Un hijo calificado:
    • Soltero, jefe de familia o casado que declara por separado: $50,434.
    • Casado que declara conjuntamente: $57,554.
  • Dos hijos calificados:
    • Soltero, jefe de familia o casado que declara por separado: $57,310.
    • Casado que declara conjuntamente: $64,430.
  • Tres o más hijos calificados:
    • Soltero, jefe de familia o casado que declara por separado: $61,555.
    • Casado que declara conjuntamente: $68,675.