

La Dirección General Impositiva (DGI) puso a disposición de los contribuyentes la consulta para conocer si registran un crédito a favor luego de presentar la declaración jurada del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF). Alejandro Grilli, de la División Atención y Asistencia, informó que desde el viernes 26 de junio estarán accesibles en la web las declaraciones juradas con los datos precargados.
Están obligados a presentar la declaración quienes tuvieron más de un trabajo durante 2025, percibieron más de un ingreso en relación de dependencia y superaron los 963.510 pesos nominales anuales, así como quienes facturaron fuera de la relación de dependencia. Grilli recordó que la declaración es el momento para descontar del saldo del IRPF pagos de alquiler y, en determinados casos, incorporar cuotas de préstamos hipotecarios.
Para declarar, los contribuyentes deben ingresar con su usuario al sitio de la DGI. Además, a partir del 26 de junio quedó disponible la agenda para solicitar atención presencial en todo el país, servicio que iniciará el lunes 29, según señaló Marcos Álvarez, de la División Interior.
En caso de saldo a pagar, la primera cuota vence el 31 de agosto, fecha que coincide con el plazo para atención personalizada y realización de la declaración jurada. Si de la declaración resulta una devolución, los pagos se acreditarán desde el 28 de julio cuando la declaración haya sido presentada antes del 15 de julio; las devoluciones de declaraciones presentadas después de esa fecha se procesarán a fines de agosto.










