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No es el aguinaldo | Confirman la entrega de un dinero extra para todos estos trabajadores

Los habitantes del territorio azteca que cumplan con ciertos requisitos podrían recibir un monto de dinero a favor en sus cuentas. Sin embargo, el beneficio no aplica para todos los ciudadanos.

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El aguinaldo constituye una de las prestaciones económicas más esperadas por los trabajadores formales del país, que año tras año aguardan el mes de diciembre para verlo acreditado en sus cuentas.

Sin embargo, pocos conocen que existe otra suma de dinero a la que ciertos habitantes pueden tener acceso, además de los ingresos que perciben de forma mensual. Checa todos los detalles en torno a quiénes se encuentran habilitados a percibir ese monto y quiénes no lo verán reflejado.

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No es el aguinaldo: el extra de dinero que pueden recibir estos mexicanos

Cabe recordar que el aguinaldo constituye una prestación económica a la cual tienen acceso los trabajadores que se desempeñan laboralmente en el sector formal.

Algunos ciudadanos tendrán la posibilidad de cobrar un dinero extra. Foto: Archivo.

Según consigna la Ley Federal del Trabajo (LFT), el cálculo en torno a cuál es el monto que corresponde cobrar contempla, como mínimo, lo equivalente a 15 días de salario. El total que percibirán es proporcional al sueldo que reciban y al tiempo que llevan trabajando para el empleador.

En este contexto, además del aguinaldo, algunos trabajadores cuentan con la posibilidad de acceder a un extra de dinero por el Reparto de Utilidades. Se trata de un derecho constitucional que les corresponde a los empleados y proviene de las ganancias obtenidas por un patrón o empresa en el año.

¿A quiénes aplica este beneficio?

La legislación establece que los trabajadores que tendrán derecho al Reparto de Utilidades, independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión o tenían contrato por obra determinada. En este contexto, establece que es aplicable.

  • Trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas.
  • Las utilidades netas tienen que haber sido de 300 mil pesos o más, según su declaración fiscal 2016.
  • Deben tener más de un año en funcionamiento. 

¿Quiénes no pueden cobrarlo?

Según lo establece la normativa, quienes no quedan alcanzados por el Reparto de Utilidades son todos aquellos ciudadanos que hayan sido dados de baja del seguro social y no se encuentran activos laborando formalmente para una empresa. 

Tampoco perciben esta suma quienes trabajan por honorarios o los adultos mayores jubilados, como los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

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