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El Servicio de Administración Tributaria, SAT, reveló detalles sobre quienes deben cumplir con el pago del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, IDE que está regido por el Artículo primero transitorio de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, LIDE. Si sueles hacer este tipo de transacciones con tus cuentas bancarias, presta atención y ten cuidado de no incurrir en evasiones fiscales.

Según el reporte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, SHCP, el IDE está activo desde el 1 de julio del 2008. Desde ese momento, personas que hagan operaciones bancarias y que excedan el monto mínimo en su transacción que indica la ley, deberán pagar impuestos.

¿Sí hago una transferencia bancaria debo pagar impuestos?

El SAT y la SHCP advierten sobre lo que la Ley LIDE indica en sus artículos 1 y 4. "Las personas físicas y morales respecto de todos los depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, que realicen en cualquier tipo de cuenta que tengan en las instituciones del sistema financiero, cuya suma exceda 15,000 pesos en un mes".

La norma va más allá de las transferencias entre cuentas bancarias y se extiende a las adquisiciones de dinero en efectivo de cheques de caja; solo en este caso, según la norma, no importa el monto del cheque adquirido.

El SAT aclaró qué tipo de depósitos no son considerados en efectivo para el cobro del IDE

Solo en casos muy puntuales, el Servicio de Administración Tributaria aclara qué tipos de depósitos no se consideran en efecto, de esta forma, el organismo tributario se asegura que tengas la información completa y clara.

  • Transferencias electrónicas a favor de personas físicas y morales
  • Traspasos de cuenta a favor de personas físicas y morales
  • Títulos de crédito o cualquier otro documento a favor de personas físicas y morales
  • Sistema pactado con instituciones del sistema financiero a favor de personas físicas y morales

En estos cuatro casos, el SAT y la SHCP remarcaron que aplica aun cuando esté a cargo de la misma institución que lo reciba.

¿Quienes no están obligados al pago del Impuesto a los Depósitos en Efectivo?

La Ley LIDE contempla sei casos donde no es obligatorio el pago del IDE:

Gobierno y entidades no contribuyentes: Se refiere a los diferentes niveles de gobierno (federal, estatal, municipal) y las entidades de la administración pública que no están sujetas al Impuesto sobre la Renta (ISR).

Organizaciones sin fines de lucro: Incluye a las organizaciones que no persiguen fines de lucro, según lo establecido en la ley del ISR.

Depósitos en efectivo de personas: Las personas físicas y morales pueden hacer depósitos en efectivo de hasta $15,000 pesos acumulados al mes sin ser gravados, excepto cuando se trata de la compra de cheques de caja en efectivo.

Depósitos en efectivo en instituciones financieras: Las instituciones del sistema financiero no son gravadas por los depósitos en efectivo que reciben como parte de sus servicios de intermediación o por la compraventa de divisas.

Ingresos exentos del ISR: Las personas físicas no pagan impuestos por los depósitos en efectivo que provienen de ingresos exentos del ISR, como los sueldos de personal diplomático o de embajadas.

Créditos otorgados por instituciones financieras: Las personas pueden realizar depósitos en efectivo para pagar créditos otorgados por instituciones financieras sin ser gravadas, siempre y cuando el monto no exceda la deuda.