Estos son los depósitos en efectivo que están libres de impuestos y no son supervisados por el SAT
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) vigila las operaciones bancarias, pero no todas las transacciones están sujetas a supervisión. Conoce los detalles.
- Nuevos límites para depósitos en efectivo: todo lo que necesitas saber
- Responsabilidades de los bancos en el monitoreo de depósitos en efectivo
- Estos son los depósitos en efectivo que no vigila el SAT
- Cómo se calcula el impuesto por depósitos en efectivo
- Cuáles son los gastos deducibles para personas físicas
Si bien el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene vigilancia sobre las operaciones bancarias, no todas las transacciones están sujetas a supervisión.
Existen montos específicos y situaciones particulares donde los depósitos en efectivo quedan exentos del escrutinio hacendario, permitiéndote realizar operaciones sin generar obligaciones fiscales.
A continuación, te contamos los casos donde puedes efectuar depósitos en efectivo con total tranquilidad y sin necesidad de trámites ante el SAT.
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Nuevos límites para depósitos en efectivo: todo lo que necesitas saber
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México realiza un monitoreo directo de las cuentas bancarias de los contribuyentes. Sin embargo, en caso de detectar irregularidades en las declaraciones fiscales, puede intervenir.
De esta manera, con el objetivo de fomentar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, estableció un límite de 15,000 pesos por mes para los depósitos en efectivo.
Responsabilidades de los bancos en el monitoreo de depósitos en efectivo
De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), las instituciones financieras deben informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre cualquier depósito en efectivo que supere un límite establecido.
Esta normativa asegura que el SAT conozca las transacciones financieras relevantes, facilitando así la supervisión del cumplimiento fiscal de los contribuyentes.
Estos son los depósitos en efectivo que no vigila el SAT
A pesar de la vigilancia del Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre ciertos depósitos en efectivo, hay situaciones específicas que no están bajo su control.
En primer lugar, es importante destacar que el pago de la pensión alimenticia no está sujeto a un impuesto adicional del Impuesto Sobre la Renta (ISR), más allá de la retención que ya se aplica en el salario de la persona que realiza el depósito.
Para un trabajador en el sector formal, se retiene el ISR de su salario bruto, y después de realizar las deducciones pertinentes, se descuenta del salario neto el porcentaje de la pensión alimenticia que el juez ha determinado.
En cuanto a las donaciones, la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que, si se realiza una donación, se aplica un impuesto del 20% sobre el ingreso generado por la donación. Sin embargo, existen donaciones que están exentas de impuestos, permitiendo a los donantes realizar sus aportaciones sin la imposición de un gravamen adicional.
Por último, es relevante mencionar que los depósitos en efectivo que no superen los 15,000 pesos no están sujetos a un control directo por parte del SAT, lo que proporciona un nivel adicional de privacidad en algunas transacciones.
Cómo se calcula el impuesto por depósitos en efectivo
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) estableció que tanto personas físicas como morales que realicen depósitos en efectivo superiores a 15,000 pesos en un mes estarán sujetas a impuestos.
Este impuesto se calcula aplicando una tasa del 3% sobre el monto que exceda los 15,000 pesos.
Por ejemplo, si un contribuyente deposita 26,000 pesos, el excedente sería de 11,000 pesos, lo que resultaría en un impuesto de 330 pesos.
Cuáles son los gastos deducibles para personas físicas
Si eres una persona física, es fundamental que conozcas cuáles gastos son deducibles de impuestos en tu declaración fiscal, siempre que no se realicen en efectivo. Estos gastos incluyen:
- Servicios médicos.
- Gastos hospitalarios.
- Estudios clínicos.
- Prótesis y aparatos de rehabilitación.
- Lentes ópticos graduados.
- Seguros de gastos médicos.
- Colegiaturas.
- Gastos funerarios.
- Donativos.
- Aportaciones voluntarias.