

En esta noticia
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) inicio un operativo sin precedentes que tiene en alerta a millones de mexicanos: visitas domiciliarias dirigidas principalmente a jubilados y pensionados.
Esta medida, contemplada por la ley, busca verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales cuando se detectan posibles irregularidades, pero generó inquietud entre los adultos mayores que recibirán estas inspecciones en sus hogares durante las próximas semanas.
A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber para enfrentar esta situación sin contratiempos.

¿Por qué el SAT tocará la puerta de los jubilados? La razón detrás de los operativos
En los últimos meses, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) intensificaron sus revisiones a jubilados y pensionados como parte de una estrategia nacional para fortalecer el control fiscal y combatir posibles irregularidades en los ingresos declarados.
El principal motivo detrás de estos operativos es que algunos trámites, depósitos extraordinarios o ingresos adicionales de jubilados y pensionados pueden generar inconsistencias fiscales, sobre todo cuando no coinciden con lo reportado en sus declaraciones.
Por ejemplo, retiros elevados, depósitos frecuentes, ingresos por rentas, herencias, venta de propiedades o incluso apoyos económicos familiares pueden levantar alertas automáticas.
La autoridad fiscal busca confirmar que estos movimientos estén debidamente justificados con documentos legales y que no exista evasión de impuestos, omisión de ingresos o errores en la declaración.
Aunque puede generar preocupación, es importante aclarar que no todas las visitas implican una sanción inmediata, sino que muchas veces solo se trata de un proceso de verificación.
Un punto clave que tranquiliza a los contribuyentes es que todo jubilado o pensionado tiene derecho a recibir asesoría jurídica gratuita, así como a solicitar la presencia de un contador público o abogado durante la diligencia.

Tus derechos blindados: lo que el SAT debe cumplir obligatoriamente en cada visita
Ante cualquier auditoría o visita domiciliaria del SAT, no estás indefenso. La ley protege a los contribuyentes y establece una serie de obligaciones que los funcionarios deben cumplir estrictamente.
En primer lugar, los auditores están obligados a identificarse plenamente, mostrar su credencial oficial vigente y presentar una orden de visita emitida por la autoridad fiscal, donde se especifique tu nombre, domicilio, motivo de la inspección y el alcance de la revisión.
Además, el SAT debe entregarte la Carta de Derechos del Contribuyente, en la que se explican de forma clara tus garantías legales durante el proceso. También debe proporcionarte información completa sobre tus obligaciones fiscales, explicarte qué documentos pueden requerirte y cuál será el procedimiento a seguir.
Tienes derecho a:
- Solicitar la presencia de un representante legal o contador.
- Pedir que la revisión se realice en horarios hábiles.
- Corregir inconsistencias a través de declaraciones complementarias sin que ello implique una sanción automática.
- Acceder a la figura de cierre anticipado, si tras un periodo aproximado de tres meses se demuestra que tu situación fiscal está en regla.
Un aspecto fundamental: ningún trámite debe pagarse en efectivo ni entregarse directamente a un auditor. Todos los pagos se realizan exclusivamente mediante líneas de captura oficiales en bancos autorizados. Cualquier solicitud de dinero en el momento de la visita es un claro indicio de fraude y debe ser denunciada de inmediato.
Negarte tiene precio: las sanciones que podrían arruinar tus finanzas
Rechazar una visita del SAT sin causa justificada no es una opción recomendable. La negativa a permitir la verificación se considera legalmente una obstrucción a las facultades de la autoridad fiscal y puede derivar en consecuencias severas.
Entre las principales sanciones se encuentran:
- Multas económicas elevadas, que varían de acuerdo al nivel de la falta.
- Que tu domicilio fiscal sea marcado como “no localizado”, lo que genera un historial negativo ante el SAT.
- El bloqueo para emitir facturas electrónicas, afectando cualquier actividad económica que aún desempeñes.
- En casos más graves, el inicio de un Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE), que puede incluir el congelamiento de cuentas bancarias, aseguramiento de bienes y hasta embargos.














