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El Servicio de Administración Tributaria, SAT, ha anunciado la disponibilidad de su simulador para la Declaración Anual 2025 dirigido a personas morales. La herramienta permite a las sociedades del Régimen General y del Régimen Simplificado de Confianza, RESICO, visualizar con antelación la información fiscal correspondiente al ejercicio 2025. Este paso busca facilitar y agilizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

La medida del SAT se implementa para asegurar que los contribuyentes puedan verificar y preparar su Declaración Anual 2025, la cual deberá presentarse formalmente del 1 de enero al 31 de marzo de 2026. Si bien el SAT no menciona directamente un bloqueo de cuentas, es fundamental recordar que el incumplimiento fiscal puede derivar en serias restricciones financieras y bancarias para empresas que operan con instituciones como BBVA, HSBC, Banamex, Santander, Banorte o Scotiabank.

SAT y Hacienda
SAT y Hacienda

Fechas Clave y el Riesgo de Incumplimiento Fiscal

El SAT ha estipulado fechas límite específicas que las personas morales deben acatar para evitar sanciones. Las sociedades que se encuentren en período de liquidación tienen como fecha tope el 19 de enero de 2026 para la presentación de su declaración.

Para las personas morales sin fines de lucro, el plazo se extiende hasta el 16 de febrero de 2026. Mientras que las demás sociedades establecidas en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el RESICO tienen hasta el 31 de marzo de 2026 para cumplir con esta obligación.

¿Qué Información se Precarga en el Simulador del SAT?

El nuevo sistema del SAT busca simplificar el proceso al incluir una precarga de información esencial para la Declaración Anual 2025, lo que reduce la posibilidad de errores y omisiones.

Cuentas bancarias vigiladas por el SAT.
Cuentas bancarias vigiladas por el SAT.

La nueva plataforma incluye los siguientes datos de información fiscal precargada:

  • Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.
  • PTU pagada en el ejercicio.
  • Retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO).
  • CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones.
  • Remanentes de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo, entre otros.

Esta actualización indicada por Hacienda permite a los contribuyentes verificar sus datos y cumplir con sus obligaciones “en tiempo y forma, a fin de fortalecer la recaudación y, con ello, la economía mexicana y el bienestar de la población”.